Derecho Aduanero
• Importarse definitivamente, si son de procedencia extranjera
• Exportarse definitivamente, si son de procedencia nacional
• Retornarse al extranjero las de esa procedencia o reincorporarse al mercado las de origen nacional, cuando los beneficiarios se desistan de este régimen
• Importarsetemporalmente por maquiladoras o por empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía
Así mismo permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren, en tanto subsista el contrato de almacenaje y se pague por el servicio.
Adicionalmente se podrá autorizar el establecimiento de depósitos fiscales para:
• La exposición yventa de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, comúnmente conocidos como Duty free. En este caso las mercancías no se sujetarán al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros que salgan del país directamente al extranjero y la entrega de dichas mercancías se realice enlos puntos de salida del territorio nacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero. Las autoridades aduaneras controlarán estos establecimientos, sus instalaciones, vías de acceso y oficinas
• Locales destinados a exposiciones internacionales temporales de mercancías
• Someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal
Mercancías queno pueden destinarse al régimen de Depósito fiscal
No podrán ser objeto del régimen de depósito fiscal las armas, municiones y las mercancías explosivas, radiactivas y contaminantes ni los diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas o las manufacturas de joyería hechas con metales preciosos o con las piedras o perlas mencionadas ni los artículos de jade,coral, marfil y ámbar.
Tratándose de relojes y artículos de joyería hechos con metales preciosos o con diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas, solamente podrán ser destinados al régimen de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías (Duty Free).
Tratándose de mercancías que se clasifican en las fracciones arancelarias de los sectores demanteca y grasas; cerveza; cigarros; madera contrachapada (triplay); pañales; textil; accesorios para la industria del vestido, maletas, zapatos y otros; calzado; herramientas; electrónicos; bicicletas y juguetes, identificadas en el Anexo 10 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, podrán ser destinadas al régimen de depósito fiscal, para la exposición y venta (Duty Free),así como para exposiciones internacionales de mercancías.
Solamente aquellos almacenes generales de depósito que obtengan autorización previa de la Administración General de Aduanas, podrán destinar las mercancías descritas en el párrafo anterior al régimen de depósito fiscal.
Se entenderá que las mercancías se encuentran bajo la custodia, conservación y responsabilidad del almacén general dedepósito en el que quedarán almacenadas bajo el régimen de depósito fiscal, desde el momento en que éste expida la carta de cupo mediante la cual acepta almacenar la mercancía.
Tránsito internacional
El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra.
Se debe de entender por este régimen cuando las mercancías proceden de un país y se...
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