Derecho aereo
Comunicación
Vía
Satélite
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenidoa bien expedir el siguiente: REGLAMENTO DE COMUNICACION VIA SATELITE Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley Federal de Telecomunicaciones en lo relativo a la comunicación vía satélite. Artículo 2. En adición a lo establecido por el artículo 3 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para los efectos de este Reglamento, seentenderá por: I. Centro de control: la o las estaciones terrenas que operan en forma integrada y que cuentan con el equipo asociado de telemetría, rastreo y comando, para controlar la operación de uno o más satélites, conforme a sus parámetros técnicos aprobados, así como sus órbitas y transmisiones, y para evitar interferencias perjudiciales; II. Comisión: la Comisión Federal de Telecomunicaciones;III. Comunicación vía satélite: la emisión, transmisión o recepción de ondas radioeléctricas, a través de un sistema satelital, para fines específicos de telecomunicaciones; IV. Enlace satelital: el medio de transmisión que se establece entre estaciones terrenas a través de un sistema satelital; V. Estación terrena maestra: la estación terrena de una red de telecomunicaciones, destinada a controlarlos servicios de comunicación desde, hacia o entre las demás estaciones terrenas de dicha red; VI. Estación terrena terminal: la que utiliza el usuario final para transmitir o recibir señales de los servicios satelitales que se le prestan; VII. Ley: la Ley Federal de Telecomunicaciones; VIII. Operador satelital: la persona que, mediante concesión o asignación para ocupar posiciones orbitalesgeoestacionarias u órbitas satelitales asignadas al país, con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas, opera y explota un
sistema satelital, lo que le permite, exclusivamente, hacer disponible su capacidad satelital a terceros, según se prevé en el artículo 28 del presente Reglamento; IX. Prestador de servicios satelitales: la persona que cuenta con concesión, permiso o autorización, segúnsea el caso en términos de la Ley y el presente Reglamento, que le permite proporcionar servicios satelitales mediante estaciones terrenas, propias o de terceros según sea el caso, y el uso de la capacidad de un sistema satelital nacional, extranjero o internacional; X. Satélite: objeto colocado en una posición orbital geoestacionaria o en una órbita satelital, provisto de una estación espacial consus frecuencias asociadas, que le permite recibir, transmitir o retransmitir señales de radiocomunicación desde o hacia estaciones terrenas u otros satélites; XI. Satélite extranjero: el que está situado en una posición orbital geoestacionaria u órbita satelital, con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas, asignadas a un gobierno extranjero por la Unión Internacional deTelecomunicaciones; XII. Satélite internacional: el que está situado en una posición orbital geoestacionaria u órbita satelital, con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas, asignada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones a una organización intergubernamental de comunicación vía satélite, establecida al amparo de tratados internacionales multilaterales de los que México sea parte, y que lleva acabo la operación del mismo; XIII. Satélite nacional: el que está situado en una posición orbital geoestacionaria u órbita satelital, con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas, concesionada o asignada por el Gobierno Mexicano a un operador satelital, y asignada a México por la Unión Internacional de Telecomunicaciones; XIV. Servicios satelitales: los servicios de radiocomunicación que...
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