Derecho Agrario
El Derecho Agrario trata de regular todas aquellas relaciones jurídicasderivadas del campo.
El artículo 27 constitucional, en donde están incluidas las garantías de la propiedad, además de consignar la propiedad originaria de la nación sobre aguas y tierras del país y de consignarse el derecho de propiedad privada, se establecen los derechos de propiedad comunal y ejidal, que son conocidos como Derecho Agrario.
n jurídico inmediatamente subordinados a la Constitución,presupone, para ser resuelto, una noción clara de la Constitución. Única-mente la teoría de la estructura jerárquica del ordenamiento jurídico, ya apuntada, está en condiciones de proporcionarla. Inclusive, no es exagerado afirmar que solo ella permite conocer el sentido inmanente de esta noción fundamental de “Constitución” en el cual pensaba ya la Teoría del Estado de la antigüedad, porqueesta noción implica la idea de una jerarquía de las formas jurídicas.
A través de las múltiples transformaciones que ha sufrido, la noción de Constitución ha conservado un núcleo permanente: la idea de un principio supremo que determina por entero el ordenamiento estatal y la esencia de la comunidad constituida por este ordenamiento. Como quiera que se defina, la Constitución es siempre elfundamento del Estado, la base del ordenamiento jurídico que se pretende conocer. Lo que se entiende ante todo y siempre por Constitución, y la noción coincide en este sentido con la forma de Estado, es que ella constituye un principio donde se expresa jurídicamente el equilibrio de las fuerzas políticas en un momento determinado, es la norma que regula la elaboración de las leyes, de las normasgenerales en ejecución de las cuales se ejerce la actividad de los órganos estatales: tribunales, autoridades administrativas. Esta regla de creación de las normas jurídicas esenciales del Estado, de determinación de los órganos y del procedimiento de la legislación forma la Constitución en sentido propio, originario y estricto del término. La Constitución es pues la base indispensable de las normasjurídicas que regulan la conducta recíproca de los miembros de la colectividad estatal, así como de aquellas que determinan los órganos necesarios para aplicarlas e imponerlas, y la forma como estos órganos habrán de proceder. Es decir, la Constitución es, en suma, el asiento fundamental del ordenamiento estatal.
De esta noción se deriva la idea de asegurar a la Constitución la mayor estabilidadposible, de diferenciar las normas constitucionales de las normas legales, sometiendo la revisión de aquéllas a un procedimiento especial que contiene condiciones más difíciles de reunir. Así aparece la distinción de la forma constitucional y de la forma legal ordinaria. Limitativamente, solo la Constitución, en sentido estricto y propio del término, se encuentra revestida de esta forma especial o,como se dice habitual-mente, si no es que felizmente, la Constitución en sentido material coincide con la Constitución en sentido formal.
Si el Derecho positivo conoce una forma constitucional especial, distinta a la forma legal, nada se opone a que esa forma sea empleada también para ciertas normas que no entran en la Constitución en sentido estricto, principalmente para las normas queregulan, no la creación, sino el contenido de las leyes. De ahí resulta la noción de Constitución en sentido amplio. Es este sentido amplio el que está en juego cuando las Constituciones modernas contienen, no solamente normas sobre los órganos y el procedimiento de legislación, sino además un catálogo de derechos fundamentales de los individuos, o libertades individuales.
Posteriormente hago...
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