derecho agrario
Titulación supletoria es el instrumento legal por el medio del cual se transforma una situación a otra dándole una solución de derecho como propiedad, las tierras ociosas tomando en cuenta cada una de las leyes que lo rigen y como se pueden ejecutar en nuestro campo y desenvolviendo cada uno de los artículos que contienen estas leyes y este puede llegar a ser una granherramienta para poder desempeñarnos al 100 por ciento en cada una de las diferentes circunstancias que se nos presenten y poder desempañarnos con todo confiabilidad.
Objetivos
Que el estudiante tenga la idea que son las tierras ociosas
Conocer la base de la reforma agraria y su reglamento
LEY DE TITULACION SUPLETORIA
Titulación supletoria es el instrumento legal por medio del cual, setransforma una situación de facto, como es la posesión, en una institución de derecho como la propiedad, con todas las facultades que integran el dominio y la consiguiente protección que le brinda el ordenamiento jurídico. Y como objeto de la titulación supletoria puede recaer únicamente sobre bienes inmuebles, tal y como lo indica el Código Civil en el artículo 633: “Posesión de bienesinmuebles. Titulación Supletoria. Tratándose de bienes inmuebles, la posesión por diez años, con las demás condiciones señaladas en el artículo 620, da derecho al poseedor para solicitar su titulación supletoria a fin de ser inscrita en el Registro de la Propiedad”
ARTICULO 1.-*
El poseedor de bienes inmuebles, que carezca de título inscribible en el Registro de la Propiedad,podrá solicitar su titulaciónsupletoria ante el Juez de Primera Instancia jurisdiccional del lugar en que se encuentreubicado el inmueble.El interesado deberá probar la posesión legítima, continua, pacífica, pública, de buena fe y a nombre propio, durante unperíodo no menor de diez años, pudiendo agregar la de sus antecesores, siempre que reúna los mismos requisitos
ARTICULO 2.-*
Sólo los guatemaltecos naturales puedenobtener Titulación Supletoria de bienes inmuebles; si setratare de personas jurídicas, éstas deberán estar integradas mayoritaria o totalmente por guatemaltecos, circunstanciaque deberá probarse fehacientemente al formular la solicitud respectiva.
ARTICULO 3.-
Queda expresamente prohibida la Titulación Supletoria de:
a) Bienes inmuebles mayores de 45.125 Ha. (una caballería);
b) Bienes inmueblessituados en la Franja Transversal del Norte y cualesquiera de las zonas de desarrollo agrario a que se refiere el Decreto 60-70 del Congreso. Conforme sus reglamentos y normas privativas, el Instituto Nacional de Transformación Agraria resolverá el otorgamiento de títulos en las áreas a que se refiere este literal. Se exceptúan de esta disposición las fracciones no mayores de cinco mil metroscuadrados que se encuentren comprendidas dentro de los límites urbanos de una población, siempre que no afecten las zonas de desarrollo agrario;
c) Bienes inmuebles situados dentro de las reservas del Estado
d) Los excesos de las propiedades rústicas o urbanas.
ARTICULO 4.-
Una misma persona no podrá titular supletoriamente terrenos colindantes si el propósito es alterar la extensión superficialmáxima que autoriza esta ley.
ARTICULO 5.-
Además de los requisitos señalados en el Artículo 61 del Código Procesal Civil y Mercantil, el escrito inicial de diligencias voluntarias de Titulación Supletoria deberá contener declaración del solicitante, sobre los siguientes extremos:
a) Descripción del inmueble indicándose nombre y dirección, si la tuviere, ubicación con indicación de aldea,municipio o departamento, su extensión, así como su condición de rústico o urbano
b) Nombres y apellidos de los colindantes actuales, especificando los linderos y medidas lineales; servidumbres activas y pasivas, edificaciones, cultivos y cualquier otro detalle que lo haga perfectamente determinable
c) Nombres y apellidos de las personas de quien se adquirió la posesión, fecha y modo de la...
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