Derecho Ambiental
Sentencia T-1270/05
Reiteración de Jurisprudencia
Referencia: expediente T-1164558
Acción de tutela instaurada por la señora Triny Daniells de Oyola contra la señora Emperatriz Suárez Beltrán[1][1].
Magistrado Ponente:
Dr. Manuel JoséCepeda Espinosa
Bogotá D. C., seis (06) de diciembre de dos mil cinco (2005).
La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
ANTECEDENTES
La señora Triny Daniells deOyola, de 80 años de edad, interpuso acción de tutela el día 14 de abril de 2005, contra la señora Emperatriz Suárez Beltrán, propietaria del Estadero Alcalá, ubicado al frente de su residencia, por considerar que los altos volúmenes en los que mantienen la música de este establecimiento y los actos “bochornosos” que realiza su clientela (v.gr. algunos de sus clientes se orinan en la calle)vulneran sus derechos fundamentales a la salud en conexidad con la vida, a un ambiente sano, a la tranquilidad en conexidad con el derecho a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.
1. Hechos
Señala la accionante que desde hace más de 50 años reside en una casa ubicada en zona residencial del área urbana del municipio de Pueblo Nuevo (Córdoba), en cuyo frente, desde el mes diciembrede 2004, funciona un establecimiento tipo cantina denominado Estadero Alcalá, de propiedad de la señora Emperatriz Suárez Beltrán, en el que se expende licor y sus clientes escuchan música.
Manifiesta que el Estadero Alcalá está abierto todos los días y hasta altas horas de la noche y que el constante ruido que proviene de este establecimiento ha afectado su sentido del oído, ha deteriorado susalud y su tranquilidad.
Afirma la accionante que en varias oportunidades su hijo ha efectuado requerimientos verbales a la propietaria del estadero para que modere el volumen de la música y controle la conducta de sus clientes. Sin embargo, ante sus reclamos la única respuesta que han recibido es el aumento del volumen del equipo de sonido que funciona en este lugar.
Indica también que ellay su familia han acudido ante la policía en busca de ayuda. Sin embargo, a pesar de las visitas que han efectuado los agentes, el volumen de la música sigue siendo el mismo.
La accionante señala en la demanda que como consecuencia del ruido proveniente del establecimiento referido ya no puede hablar ni escuchar normalmente a los miembros de su familia, ni a las empleadas de su casa, ni puedehacer visita con sus vecinos en la entrada de su casa, pues para lograr hacerlo, debe gritar. Señala que ya ni siquiera puede ver un programa de televisión ni descansar tranquilamente.
Por lo anterior, y habiendo agotado el trámite pertinente ante la autoridad de Policía, solicita por vía de la acción de tutela que se le protejan sus derechos fundamentales y se le permita desarrollar librementelos actos propios de su edad, al interior de su hogar y de su familia. Señala como pretensión que se ordene a la accionada trasladar su negocio a un sector comercial.
2. Contestación de la demanda por parte de la señora Emperatriz Suárez Beltrán, propietaria del Estadero Alcalá
Mediante memorial dirigido al Juez Promiscuo Municipal de Pueblo Nuevo, la señora Emperatriz Suárez Beltrán diorespuesta a la acción de tutela de la referencia. Afirmó la accionada que a su establecimiento no ha llegado requerimiento alguno por parte de la Policía relacionado con el alto volumen de la música. Señaló también que se vio obligada a interponer una querella contra el hijo de la accionante, dado que el 9 de abril del año en curso, de manera violenta e incluso agrediéndola físicamente, el hijo de...
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