Derecho Civil
El justo título es aquél que fundamenta legítimamente la adquisición de un bien o derecho, así como su transmisión; es decir, el adquirentepara que tenga justo título, deberá haber adquirido de quien tuviera legítimamente la facultad para transmitir. El concepto de justo título para efecto de prescripción adquisitiva según el art. 443del Código civil, se reputa poseedor de buena fe al que ignora que en su título o modo de adquirir existe un vicio que lo invalide, definiéndose en el art. 448 la presunción de justo título a todoposeedor en concepto de dueño, sin que venga obligado a exhibirlo.
El Código civil colombiano trata el justo título refiriéndose a la posesión y a la legitimación de éste en cuanto a fundamentar laprescripción adquisitiva, lo define en el art. 1.952 del C.c. en los siguientes términos: “Entiéndase por justo título el que legalmente baste para transferir el dominio o derecho real de cuyaprescripción se trate”.
El justo título es el que goza de todos los elementos esenciales para transmitir el dominio, esto es, el que aparentemente se considera válido para la transmisión de la propiedad.Este justo título, según se indica en el art. 1.954 del Código civil no se presume nunca, debe probarse. Sin embargo, y sin mermar la operatividad de este precepto, debe recordarse la presunción legal dejusto título a favor del poseedor de buena fe, y lo que es más importante, la afirmación contenida en el art. 464 del C.c. donde la posesión de buena fe de bienes muebles se equipara al título.Concepto de buena fe para efecto de la prescripción.
La buena fe es un elemento indispensable para que pueda existir la prescripción. Nuestra legislación considera que tanto ella, como el justotítulo, constituyen elementos diferentes, que para poder dar origen a la Usucapión tienen que darse en forma conjunta.
Si se quiere definir a la buena fe, se puede decir que es la creencia del poseedor...
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