Derecho Civil

Páginas: 10 (2417 palabras) Publicado: 1 de septiembre de 2011
De las Asociaciones con capacidad restringida

Este tipo de asociaciones es considerado en nuestro Código una persona jurídica, y como tal, el patrimonio de las mismas es independiente del de sus miembros. Es cierto que ella no necesita ser reconocida por el Poder Ejecutivo, pero si sus estatutos están formalizados en escritura pública y se encuentran inscriptos en el registro respectivo,funciona como y es persona jurídica. Y es lógico que así sea, pues no es necesario que una pequeña asociación de barrio sin fines lucrativos, o una comisión de ayuda a una parroquia sean sometidas a todos los engorrosos trámites de aprobación por el Poder Ejecutivo y demás exigencias legales.

Capacidad

Obviamente, dada su naturaleza, estas asociaciones tienen restringida su área de acciónbásicamente a lo que disponen los arts. 119 y 120 del Código.

Pueden estar en juicio como actora o demandada, por intermedio del órgano que ejerciera la dirección de las mismas (art. 119).

Igualmente, pueden percibir cuotas de sus asociados; tienen capacidad suficiente para adquirir bienes, sean muebles o inmuebles, siempre que sean destinados al cumplimiento de sus fines, para los cuales hayansido creadas, pudiendo para ello tomar dinero prestado, con garantía real o sin ella; y por ultimo pueden percibir fondos concedidos por el Estado a titulo de subvención. (Art 120)

Liberalidades

Pueden recibir liberalidades por testamento, pero esto estará sujeto a una condición: la de ser reconocidas posteriormente como asociaciones de utilidad pública por el Poder Ejecutivo. Esa condiciónserá suspensiva.

En efecto, razones políticas, sociales y económicas hacen que el Estado necesariamente deba ejercer control sobre las asociaciones sin fines de lucro, en especial las de gran magnitud, a fin de evitar que se formen pequeños estados dentro del propio Estado, o poderosas asociaciones que puedan afectar el interés general de la nación por la gravitación que el poder pueda tener sobreel poder político.

Por eso, el requisito de aprobación de sus estatutos por parte del Ejecutivo es indispensable. Si esto no ocurre en las asociaciones con capacidad restringida, es simplemente porque, siendo ínfima su capacidad patrimonial, ellas no representan peligro alguno. Pero en tanto tengan la posibilidad de ampliar su aptitud para adquirir bienes por medios no previstos expresamentepor el código, como en el caso de las liberalidades testamentarias, estas pequeñas asociaciones deberán pedir la declaración de utilidad pública, lo cual constituye todo un acierto.

Posibilidad de ampliar su capacidad patrimonial

La disposición del artículo 120 inciso a. nos mueve a reflexión, pues faculta a estas asociaciones a percibir cuotas y contribuciones de sus asociados. No existe, sinembargo, parámetro alguno para delimitar la importancia de esos aportes, tal como lo fija expresamente una ley francesa, que limita el monto de las cuotas de sus miembros a una suma determinada.

Nos parece una omisión del código no haber establecido pautas más rígidas en este sentido. Recuérdese que toda asociación que tenga la posibilidad de obtención de recursos patrimoniales de importancia,debe estar sujeta al contralor del Estado y por consiguiente sus estatutos sometidos a consideración del Ejecutivo.

Ello debe quedar, pues , al prudente arbitrio de la autoridad que ordene la inscripción de la asociación en el Registro, que en este caso sería, aunque el código no lo dice, el Juez de Primera Instancia en lo Civil, el cual deberá analizar cuidadosamente el contenido de los eslos estatutos antes de ordenar tal inscripción. Si de los estatutos surge que la asociación tiene recursos para ampliar notoriamente su capacidad patrimonial, lo cual podría hacerla exceder de sus propósitos iniciales, el Juez debería denegar la inscripción se esta se hubiera registrado, podría ser objeto de impugnación posterior, también ante el magistrado en materia civil y comercial....
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