derecho civil
Asignatura:
El Proceso
Tema
Las Excepciones Declinatorias de Incompetencia Litispendencia y Conexidad y el Recurso de Impugnación o le Contredit
Maestrante:
Licda.Sindy L. Laureano Sánchez.
Dra. Francisca Sánchez Mota
Licdo. Pilar Cedeño Rodríguez
Licdo. Deivy A Moncion.
Licda.Carmen Cedano
Facilitador:
Dr. José Darío Marcelino Reyes, M.A.
Fecha:
01de marzo del 2013
Hato Mayor del Rey, R. D.
Índice
1. Introducción.
2. Las Excepciones
3. Las Declinatorias
4. Litispendencias y Conexidad
5. Funciones
6. Recibilidad de la Excepción
7. Definición.
8. Estudio comparativo de las excepciones declinatorias de incompetencia litispendencia y conexidad y el recurso de impugnación o le contredit delanteproyecto del código civil y el código actual.
9. El Recurso Le Contredit
10. Conclusión.
11. Bibliografías.
12. Los anexos requeridos
INTRODUCCION
En esta práctica trataremos lo que son las excepciones declinatorias de incompetencia: litispendencia y conexidad, así como el recurso de impugnación o la contredit.
Donde podemos decir que le Contredit, no es más que unrecurso extraordinario que la ley pone a disposición de toda parte en una instancia, en todos los casos en que el tribunal apoderado inicialmente estatuya sobre la competencia, no importando en cual y en qué sentido lo ha hecho, pero sin fallar el fondo del litigio.-
Es decir, es un recurso cuyo ejercicio se muestra exclusivamente limitado a casos y situaciones especificadas por la propia ley. Asícomo la impugnación Le contredit esta prevista en el código de procedimiento civil de la Republica Dominicana y sus modificaciones contenidas en la ley No.834, del 15 de julio de 1978 en sus Artículos del 8 al 27 de la referida ley.-
Fuera de estas situaciones enunciadas no es posible que una parte en un proceso civil ni en buen derecho pueda incoar esta vía de recurso, ya que estaríaarriesgando que la interposición del mismo sea declarada inadmisible, medio que podrá ser invocado en todo estado de causa de acuerdo al articulo No.45 de la Ley 834, del 15 de julio de 1978, por no observar los requisitos exigidos por la ley para los fines indicados, criterio este ratificado por nuestra Suprema Corte de Justicia en el sentido de que “la formalidades que la ley requiere para lainterposición de los recursos son sustanciales y no pueden ser sustituidas por otras, por lo que la inobservancia de los mismos se sancionarían con la in admisibilidad”. (Véase S.C.J., 12 de enero de 1998. B.J.1047, Pág. No.75).-
Las materias en las cuales puede ser ejercido el Contredit, por su naturaleza del contexto o vía en que se ejerce el Le contredit, “introducido en la materia de derecho comúnsolo aplica para ser tramitado e interpuesto dentro de las normas de procedimiento civil y comercial, no así en otras materias que sus procedimientos se rigen por legislaciones especiales, como la materia inmobiliaria (Ley No.1542 de 1947, sobre Registro de Tierras), como la laboral (ley No.16-92 del 29 de mayo de 1992), la contenciosa administrativa (Ley No.1494), la materia procesal penal, regidapor el Procedimiento Normativo Procesal Dominicano y la materia constitucional, entre otras.-
El presente trabajo intenta dar una visión general de lo que son las excepciones procesales, para este cometido iniciaremos hablando desde el ámbito doctrinal, ubicando y precisando las excepciones desde su punto más genérico hasta concretarlo en lo que de hecho son las excepciones procesales y sobretodo las dilatorias.
Después se intentará hacer un recorrido por los ordenamientos adjetivos, de modo que estos nos otorguen los indicios legales que asientan específicamente las excepciones en la ley. Por ultimo pasaremos a la práctica jurídica a través de figuración de audiencia o formularios.
La ley 834 del 78 regula las excepciones. Una parte de ellas también está regulada en el...
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