Derecho Civil

Páginas: 7 (1669 palabras) Publicado: 3 de octubre de 2011
Caso Tristán Donoso y otros vs. Panamá
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Sentencia del 27 de enero de 2009
En enero de 2009 la Corte Interamericana condenó a Panamá por la violación de los derechos a la vida privada y al honor y reputación del señor Santander Tristán Donoso, por la divulgación del contenido de una conversación telefónica por parte del ex Procurador General de ese país. También encontró responsable alestado por la violación de la libertad de expresión del señor Tristán Donoso por haber sido condenado penalmente en virtud de sus dichos relativos al ex Procurador, en una conferencia de prensa.
1. Los hechos del caso y el trámite ante el Sistema Interamericano
Los hechos de la demanda se refieren a la interceptación, grabación y divulgación de una conversación telefónica sostenida el 8 de juliode 1996 entre el abogado Santander Tristán Donoso y el padre de uno de sus clientes en la cual se habían referido a la posible comisión de delitos por parte del ex Procurador General de Panamá, José Antonio Sossa. La cinta con la grabación de la conversación llegó a manos del entonces Procurador, quien puso su contenido en conocimiento del Arzobispo de Panamá, Monseñor José Dimas Cedeño, y dealgunos integrantes de la Junta Directiva del Colegio Nacional de Abogados de ese país.

El 25 de marzo de 1999, en el marco de una serie de cuestionamientos públicos al señor Sossa en relación con sus atribuciones legales para ordenar la interceptación y grabación de conversaciones telefónicas, el señor Tristán Donoso realizó una conferencia de prensa en la sede del Colegio Nacional de Abogadosde Panamá en la que declaró que Sossa había ordenado grabar la conversación antes referida, divulgando luego su contenido. Al día siguiente, el 26 de marzo de 1999, el señor Tristán Donoso interpuso una denuncia penal contra el señor Sossa por el delito de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, que terminó siendo desestimada por la Corte Suprema de Justicia dePanamá. También el 26 de marzo de 1999, el ex Procurador presentó, por su parte,  una querella contra el señor Tristán Donoso por los delitos de calumnia e injuria en virtud de  sus dichos durante aquella conferencia de prensa. Tras la apelación al sobreseimiento en primera instancia del querellado, el Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá revocó la sentencia y condenó al señor TristánDonoso a la pena de 18 meses de prisión y a la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo período de tiempo. Además se lo condenó a una indemnización por daño material y moral.

El 4 de julio de 2000, el señor Santander Tristán Donoso presentó –por medio de sus representantes- la denuncia ante la Comisión Interamericana. Más de dos años más tarde (el 24 de octubre de 2002)la Comisión declaró admisible el caso y, tras cuatro años (el 26 de octubre de 2006), formuló sus recomendaciones al estado de Panamá.  Dada la falta de respuesta de ese estado respecto del cumplimiento de las recomendaciones formuladas, el 28 de agosto de 2007, la Comisión presentó la demanda ante la Corte Interamericana, que emitió su sentencia el 27 de enero de 2009.

En su demanda, la CIDHsolicitó que por la interceptación, grabación y divulgación de la conversación telefónica por parte de un funcionario estatal; por la posterior apertura de un proceso penal como represalia a las denuncias realizadas por el señor Tristán Donoso y su condena; y por la falta de investigación de esos hechos y sanción de sus responsables, la Corte Interamericana declarara la responsabilidad del estadopor la violación de los derechos consagrados en los artículos 8 (Garantías judiciales), 11 (Protección de la honra y la dignidad), 13 (Libertad de pensamiento y expresión) y 25 (Protección judicial) de la Convención Americana, en relación con las obligaciones generales de respeto y garantía de los derechos humanos y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno, previstos en los...
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