Derecho Civil
1. Definición
De conformidad con el Art. 1402 el objeto del contrato consiste en crear, modificar,
regular o extinguir obligaciones. En suma el objeto delcontrato, es en esencia, una
fuente creadora de obligaciones de dar, hacer y no hacer.
a. Creación de una relación jurídica
Es una función contractual que menos dificultades presenta, puesa parte de las
limitaciones impuestas por normas imperativas (la ley o las buenas costumbres) es
posible crear relaciones jurídicas patrimoniales que satisfagan las necesidades de loscontratantes.
En tal sentido el Art. 1354 establece que las partes pueden determinar libremente el
contenido de los contratos, siempre que no sea contrario o norma legal de carácterimperativo. En todo caso, de acuerdo al artículo V del Título Preliminar, es nulo el acto
jurídico contrario a las leyes que interesan al orden público o a las buenas costumbres.
Enconsecuencia, salvo estas limitaciones, mediante el contrato las partes pueden
crear toda clase de obligaciones utilizando para ello tanto los contratos típicos como los
atípicos.
b. Regulación deUna relación jurídica
El término empleado por nuestro Código ha causado cierta confusión, pues para
algunos autores piensan que la expresión regular es el equivalen de la expresiónmodificar. En todo caso, la modificación supone un cambio de lo existente, la
regulación no tiene ese alcance. En materia contractual las partes pueden regular o
precisar los alcances de unarelación jurídica o bien interpretarla o estableciendo reglas
de detalle (procedimientos de ejecución modalidades de ejercicio de los derechos) que
no implica la modificación de larelación jurídica original.
Normalmente las partes obligadas pueden considerar conveniente regular los
alcances de sus respectivas obligación sin aumentarlas, disminuirlas ni modificarlas.
Regístrate para leer el documento completo.