derecho civil

Páginas: 14 (3498 palabras) Publicado: 2 de septiembre de 2014
LOS CONTRATOS TRASLATIVOS DE DOMINIO (COMPRAVENTA Y PERMUTA)
1.- ¿QUÉ TIPO DE CAPACIDAD SE REQUIERE PARA CELEBRAR UN CONTRATO TRASLATIVO DE DOMINIO?
El artículo 2151 del C. C. precisa que “Ninguno puede vender sino lo que es de su propiedad”. El vendedor además de capacidad general para contratar necesita contar con capacidad especial para enajenar bienes (Arts. 13 y 516 Código Familiar).
2.-¿CUÁNDO ESTÁ PERMITIDA LA VENTA DE DERECHOS LITIGIOSOS?
La venta de cosas o derechos litigiosos está permitida, siempre que el vendedor declare tal situación, de lo contrario, será responsable de los daños y perjuicios que ocasione al comprador si llegara a sufrir evicción (Art. 2154 C.C.).
3.- ¿QUÉ TIPO DE BIENES PUEDEN ENAJENAR A SUS PADRES, LOS HIJOS SUJETOS A PATRIA POTESTAD?
El hijomayor de edad no tiene ninguna limitación para enajenar sus bienes a sus padres o a terceros (Arts. 13 y 516, Código Familiar). Si los cónyuges son menores de edad, tendrán la libre administración de sus bienes, peronecesitarán autorización judicial para enajenarlos o gravarlos y un tutor para sus negocios judiciales.Con relación a los bienes inmuebles del emancipado, durante su minoría de edad,requerirá ser autorizado por el juez de lo familiar para gravarlos, enajenarlos o hipotecarlos.
4.- ¿QUÉ DEBE HACER EL COPROPIETARIO QUE DESEE ENAJENAR SU PARTE ALÍCUOTA?
El copropietario que desee enajenar su parte alícuota debe notificar previamente al resto de los copropietarios para que ejerciten el derecho del tanto. Si varios copropietarios quieren utilizarlo, se preferirá a quien representemayor interés por su parte alícuota, pero si todos tienen partes iguales, se sorteará. Tienen ocho días para ejercitar el derecho de preferencia.La notificación se les hará judicialmente o a través de notario público.
5.- ¿CUÁL ES LA PROHIBICIÓN QUE MARCA EL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL PARA LOS EXTRANJEROS QUE DESEEN ADQUIRIR INMUEBLES EN NUESTRO PAÍS?
Los extranjeros y personas morales debensujetarse a lo dispuesto por el artículo 27 Constitucional.Los extranjeros tienen prohibido adquirir bienes inmuebles en la zona o franja prohibida (100 kilómetros a lo largo de las fronteras y 50 kilómetros de las playas).
Las personas morales sólo pueden adquirir y poseer bienes suficientes para cumplir con su objeto social.
6.- ¿QUÉ SITUACIONES SE PRESENTAN EN LA COMPRAVENTA ENTRE CONSORTES?
Loscónyuges pueden celebrar entre sí cualquier contrato. Los de compraventa, dación en pago, permuta y donación, sólo serán válidos cuando el patrimonio esté sujeto al régimen de separación de bienes.En el régimen de separación absoluta, los cónyuges conservarán la propiedad y administración de los bienes que respectivamente les pertenecen. Los frutos y accesiones serán del dominio exclusivo de supropietario, así como las deudas y obligaciones derivadas de los mismos (Art. 124 C. Familiar).
7.- ¿CUÁL ES LA CONSECUENCIA JURÍDICA QUE GENERA LA VENTA DE UNA COSA AJENA Y CÓMO PUEDE VALIDARSE?
La venta de cosa ajena produce la nulidad del contrato y el vendedor responderá de los daños y perjuicios si actúa con dolo o mala fe (Art. 2152 C.C.).En caso de que se adquiera la propiedad de la cosavendida por cualquier título legítimo, el contrato se revalida, si aun no tiene lugar la evicción (Art. 2153 C.C.).
8.-SEÑALE LOS BIENES QUE NO PUEDEN SER OBJETO DE LA COMPRAVENTA.
No se pueden vender:
Los bienes inalienables: Bienes de uso común y los bienes destinados al servicio público (Arts. 769 y 771 C. C.)
El patrimonio familiar (Art. 580 del Código Familiar).- Aprobada laconstitución y efectuado el registro del patrimonio, los bienes que queden afectos del mismo, serán inalienables, imprescriptibles y no estarán sujetos a gravámenes ni embargo salvo en los casos siguientes: adeudos fiscales y pago de alimentos.
No pueden comprar los bienes que son objeto de los juicios en que intervengan (Art. 2158 C. C.):
Los Magistrados, Los Jueces, Los Defensores oficiales, Los...
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