derecho civil

Páginas: 172 (42883 palabras) Publicado: 17 de febrero de 2015
L 60/34

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

28.2.2014

DIRECTIVAS
DIRECTIVA 2014/17/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 4 de febrero de 2014
sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso
residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento
(UE) no 1093/2010
(Texto pertinente a efectosdel EEE)

espacio sin fronteras internas, en el que se garantiza la
libre circulación de mercancías y servicios y la libertad de
establecimiento. La instauración de un mercado crediticio
más transparente y eficiente dentro de ese espacio es
fundamental para promover el desarrollo de las activida­
des transfronterizas y crear un mercado interior de con­
tratos de crédito para bienesinmuebles de uso residen­
cial. Existen diferencias sustanciales entre las disposicio­
nes de los distintos Estados miembros referentes a las
normas de conducta en la concesión de créditos para
bienes inmuebles de uso residencial, así como por lo
que respecta a la regulación y supervisión de los inter­
mediarios de crédito y las entidades no crediticias que
otorgan contratos de crédito para bienesinmuebles de
uso residencial. Esas diferencias crean obstáculos que li­
mitan la actividad transfronteriza, por el lado tanto de la
oferta como de la demanda, y reducen así la competencia
y las posibilidades de elección dentro del mercado, lo que
hace aumentar el coste de los préstamos para los provee­
dores y puede incluso impedir que desarrollen actividad a
este respecto.

EL PARLAMENTOEUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN
EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en
particular, su artículo 114,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parla­
mentos nacionales,
Visto el dictamen del Banco Central Europeo (1),
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (2),
De conformidad conel procedimiento legislativo ordinario (3),
Considerando lo siguiente:
(1)

(2)

En marzo de 2003, la Comisión puso en marcha un
proceso encaminado a determinar y evaluar el impacto
de los obstáculos al mercado interior de los contratos de
crédito para bienes inmuebles de uso residencial. El 18 de
diciembre de 2007, adoptó un Libro Blanco sobre la
integración de los mercados de créditohipotecario de
la Unión. El Libro Blanco anunciaba la intención de la
Comisión de evaluar la incidencia de, entre otras cosas,
las distintas opciones de actuación en relación con la
información precontractual, las bases de datos sobre cré­
ditos, la solvencia, la tasa anual equivalente (TAE) y el
asesoramiento sobre contratos de crédito. La Comisión
creó un Grupo de Expertos sobreHistoriales de Crédito,
encargado de asistirla en la elaboración de medidas orien­
tadas a mejorar la accesibilidad, comparabilidad y exhaus­
tividad de la información crediticia. Se iniciaron asi­
mismo diversos estudios sobre el papel y las actividades
de los intermediarios de crédito y las entidades no credi­
ticias que otorgan contratos de crédito para bienes in­
muebles de uso residencial.
Deconformidad con el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea (TFUE), el mercado interior supone un

(1) DO C 240 de 18.8.2011, p. 3.
(2) DO C 318 de 29.10.2011, p. 133.
(3) Posición del Parlamento Europeo de 10 de diciembre de 2013 (no
publicada aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 28 de
enero de 2014.

(3)

La crisis financiera ha demostrado que el comporta­
mientoirresponsable de los participantes en el mercado
puede socavar los cimientos del sistema financiero, lo que
debilita la confianza de todos los interesados, en particu­
lar los consumidores, y puede tener graves consecuencias
sociales y económicas. Numerosos consumidores han
perdido la confianza en el sector financiero y los presta­
tarios han experimentado cada vez más dificultades para...
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