derecho comercial
Cuestiones:
1- Se ajusta a derecho la resolución apelada?
2- Qué pronunciamiento corresponde dictar?
A la Primera cuestión planteada, la Dra. Karen Ileana Bentancur, dijo:
I- La titular del Juzgado de Paz deEscobar resolvió a fs. 22/26, declararse incompetente para conocer de la acción planteada, y ordenó la remisión de los actuados a la Receptoría de Expedientes del Departamento Judicial de Mercedes, a fin de que proceda a sortear el Juzgado Civil y Comercial que corresponda.
Fundó su decisorio, en el art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor, que dispone la improrrogabilidad de la competencia enlas operaciones financieras para el consumo y en las de créditos para el consumo, resultando competentes para conocer los diferendos que se susciten con motivo de su ejecución, los jueces del domicilio del usuario, siendo nulo cualquier pacto en contrario.
Consideró que el vínculo entre las partes se encuentra comprendido por las previsiones de la ley 24.240, reformada por ley 26.361, dado que eltítulo en ejecución fue emitido a favor de Katefa S.A. por el Sr. Alejandro Abel Gallardo, con domicilio en Santa Rosalía N°838 de la localidad de Luján. Expresa que la relación entre ambos se trata de una relación de consumo, atendiendo a las circunstancias personales de las partes y las características de la operación de crédito instrumentada en el pagaré ejecutado, que dan cuenta de una daciónde crédito para el consumo.
Aduce también que Katefa S.A. y el actor Eduardo Alberto Cuevas, quien se presenta ..
Consumidor, la cual entiende de orden publico, aplicable al juicio ejecutivo. Entiende que aplicar la norma del art. 542 inc. 4 del CPCC, que impide investigar la causa de la cartular, vacía de contenido las previsiones de la LDC, no obstante entender que no abre un debate sobre lacausa, sino que pondera objetivos elementos jurídicos del régimen aplicable a quienes asumen la calidad de litigantes.
Aduce que los demandados no se presentan en los juicios ejecutivos que se les promueven, probablemente porque les resulta difícil litigar en otro distrito, afectando su derecho de defensa en juicio. A su vez, concluye que siendo notorio que la mayoría de las operaciones de consumoson instrumentadas en pagarés, en el caso de tratarse de compañías financieras o de firmas dedicadas a préstamos para consumo, deviene de aplicación obligatoria la L.D.C.
Por último, alega que la circunstancia de haberse endosado el título en ejecución a un tercero ajeno a la relación de consumo, nada modifica el caso, porque la simple trasmisión del título no puede perjudicar al consumidor,soslayando la protección instituída en su favor.
II.- En contra de la incompetencia decretada, interpone recurso de apelación el actor, Dr. Cuevas, a fs. 31, acompañando una copia certificada de cesión de derechos y acciones realizada entre el actor y Katefa S.A. Los agravios son vertidos a fs.45/56.
III.- Se queja el actor, por cuanto entiende que el vínculo establecido entre las partes no seencuentra amparado por la ley 24.240, según concluyera el a-quo. Expresa que con la firma Katefa S.A. realizó una cesión de derechos y acciones el día 17 de junio del año 2008 entre los cuales se encuentra el pagaré que se ejecuta en autos, cesión que legitima al actor para litigar en la causa. Se considera tenedor de buena fe ajeno a las negociaciones llevadas a cabo entre Katefa S.A. y la...
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