Derecho Comercial
Especial: Conjunto orgánico de principios y normas aplicables a determinadas relaciones.
• Sistema francés: “excepción” frente al d. civil que es general
• Sistema italiano-alemán: “especial” frente al d. civil, que también lo es, no hay subordinación o dependencia.
Autónomo:
• Didáctica: Existe autonomía didáctica cuando un conjunto de normas es motivode una enseñanza separada.
• Legislativa: Cuando sus normas integran un conjunto orgánico con independencia formal. Así, por ejemplo, tienen autonomía legislativa las normas que integran un Código.
• Jurídica: Conjunto de normas regido por principios que le son propios. Con otras palabras, una rama del
Derecho es autónoma cuando sus normas deben ser integradas a la luz deprincipios jurídicos que
le son exclusivos y sirven, precisamente, para diferenciarla del resto de las ramas del Derecho.
Dinámico: Sujeto a movimientos de expansión, fractura y reacomodamiento que se observan en toda su historia.
Permanente transformación
TRANSFORMACIONES DEL DERECHO
•Disgregación: Fracturación de sectores de una rama del derecho que luego pretenden suautonomía. Se
crean nuevas ramas del derecho. Ej: D. de la navegación, aeronáutico y espacial.
•Unificación: Se unen ramas del derecho. Antecedentes internacionales y nacionales. Que y como unificar?
•Integración: Se unen legislaciones de distintos países. Tendencia a la universalidad y a la uniformidad de sus
normas en los diferentes países del mundo.UNIFICACIÓN
Antecedentes Internacionales:
• SUIZA (1881) Código Suizo de la Obligaciones: La teoría gral. de las oblig. se aplican a
comerciantes y no, a actos de comercio y civiles. Coexisten 2 Códigos.
• ITALIA (1942) Código Civil: Se unifica dcho. civil, comercial y laboral. Empresa eje del sistema mercantil.
• SistemaAnglosajón: (1965) Contract Code (Inglaterra) y el Uniform Commercial Code (USA) Predominio de dcho. Comercial sobre civil.
• Otros: Túnez (1906), Marruecos (1912), Turquía (1926), El Líbano (1934), Polonia (1934),
Madagascar (1966), Senegal (1967), Holanda (1992), Mongolia (1994), Vietnam (1995), China (1987)
Antecedentes en Latinoamérica
1. Perú: (1984) Algunos contratoscomerciales son regulados por el dcho civil. Mantiene distinción
entre Cod. Civil y Com.
2. Paraguay: (1985) Unifica obligaciones y contratos. Se deroga Cod. Comercio. Subsiste Ley
del Comerciante, Cod. Aeronáutico y otras leyes comerciales.
3. Brasil: (2002/3) Unifica obligaciones civiles y comerciales. Incorpora libro sobre Empresa.
REPÚBLICA ARGENTINA
• Proyecto deUnificación Civil y Comercial proveniente de la Cámara de Diputados de la Nación (1987), vetado por el PE.
• Proyecto de Unificación de la Comisión Federal de la Cámara de Diputados de la Nación (nov. 1993)
• Proyecto preparado por Comisión Honoraria creada por el PEN (agos.1993) Dec. 468/92
• Proyecto preparado por Comisión Honoraria creada por el PEN (agos.1995/8) Dec. 685/95
• Decreto 191/2011.Crea la Comisión para la ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE
REFORMA, ACTUALIZACIÓN Y UNIFICACIÓN DE LOS CÓDIGOS CIVIL Y COMERCIAL DE
LA NACIÓN
Proyecto de Código Civil de 1995/1998:
• No desaparece. Solo se eliminan distingos artif.
• Si hay legislación unificada (Ej. Concursos, Titulos valores)
• Hay ejemplos de comercialización del dcho. Civil
• Causas de la Unificación* Inflación Legislativa
* Modernización del derecho
*Justo equilibrio entre la libertad de comercio y los valores esenciales de la persona humana (CN y TI)
• Técnica
• Notas?
¿ES CONVENIENTE LA UNIFICACIÓN?
NO JUAN M. FARINA (Presente y futuro del Dcho. Comercial):
• “No es conveniente en virtud de los principios...
Regístrate para leer el documento completo.