Derecho Constitucional
Es por esa discriminación,no solo a las personas de otra preferencia sexual, sino a los indígenas, a los indigentes, a las personas de otro color o simplemente a las personas que pertenecen a un estatus social distinto al nuestro que se reforma el artículo tercero, ahora hace hincapié en que la educación que se imparta en nuestro país fomentará el respeto a los derechos humanos. Qué importancia tiene ello cuando esimprescindible que desde niños se les eduque para respetar los derechos de otros, que sepan precisamente de esa diversidad cultural, que la acepten y la respeten, pues lo que no se aprende desde la infancia, es difícil fomentarlo en adultos que no tienen la misma apertura ni la misma capacidad de aprender; fomentar los valores que los harán en un futuro respetuosos de los derechos del que tienen allado.
E
l 6 y 10 de junio de 2011, se publicaron dos importantes reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que impactan directamente en la administración de justicia federal.
La primera de ellas concierne fundamentalmente al juicio de amparo, institución protectora de los derechos fundamentales por excelencia, el cual se ve robustecido al ampliarse la procedenciadel amparo respecto de cualquier norma general, al preverse su procedencia por violaciones a los derechos humanos plasmados en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte; con la introducción de figuras como el amparo adhesivo y los intereses legítimos individual y colectivo; la adopción de nuevos conceptos en torno a la violación de derechos por omisión de las autoridades;la declaratoria general de inconstitucionalidad cuyos alcances y condiciones se determinarán en la ley reglamentaria; la creación de los Plenos de Circuito; y una nueva forma de integrar jurisprudencia “por sustitución”; entre otras.
La segunda, en íntima relación con la anterior, evidencia el reconocimiento de la progresividad de los derechos humanos, mediante la expresión clara del principiopro persona como rector de la interpretación y aplicación de las normas jurídicas, en aquellas que favorezcan y brinden mayor protección a las personas. Así, la ampliación de los derechos que significa la concreción de algunas cláusulas constitucionales, como aquella relativa a los migrantes o a la suspensión de garantías, aunada a la obligación expresa de observar los tratados internacionalesfirmados por el Estado mexicano, miran hacia la justiciabilidad y eficacia de los derechos que, a la postre, tiende al mejoramiento de las condiciones de vida de la sociedad y al desarrollo de cada persona en lo individual.
Las reformas constitucionales antes referidas generan la impostergable necesidad de profundizar en el estudio de los tratados internacionales en los que se reconocen derechoshumanos y en que el Estado mexicano es parte; por lo cual se ha estimado indispensable hacer del conocimiento público un listado enunciativo, no limitativo, de los instrumentos internacionales de esa naturaleza, clasificados por la materia en que inciden.
Con el fin de ejecutar acciones que logren los objetivos de dichas reformas y atenta a su compromiso de contribuir al conocimiento de...
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