Derecho Contencioso Administrativo
La Demanda; Es aquel acto que concreta el derecho de acción y supone el inicio del proceso. Ahora bien, La ley orgánica de la jurisdicción contenciosaadministrativa se refiere a las demandas de contenido patrimonial, como un medio de impugnación el cual se da trámite a pretensiones relacionadas con la responsabilidad contractual o extra-contractual de laadministración pública.
Según el diccionario de la lengua española constituye que el ESTADO, es el cuerpo político de una nación, territorio y población a los que se extiende su autoridad.
Por logeneral el estado tiene como fines esenciales, la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto de su dignidad y la garantía del cumplimiento de derechos y deberes reconocidos y consagrados en laconstitución de la republica bolivariana de Venezuela, a lo que hace referencia su articulo 3.
Se sabe que la responsabilidad contractual está fundamentada en el artículo 140 de la carta magna, que elestado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos siempre y cuando la lesión sea imputable al funcionamiento que desempeña laadministración pública.
Origen de las demandas de Contenido Patrimonial
Estas no tienen su origen en actos administrativos, si no pues están basadas en pretensiones de condena que tienen su origen,básicamente en la responsabilidad
de la administración, de orden contractual y extracontractual, con lo que se busca el pago de sumas de dinero, y daños y perjuicios e incluso, el restablecimiento de lassituaciones jurídicas lesionadas, dejando claro con esto que el origen de estas demandas no están en los actos administrativos.
Las demandas de contenido patrimonial proceden contra.
1. Losórganos que componen la Administración Pública
2. Los órganos que ejercen el Poder Público, en sus diferentes manifestaciones, en cualquier ámbito territorial o institucional
3. Los...
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