derecho corporativo
En Derecho romano, el matrimonio o iustae nuptiae es el celebrado conforme al Ius Civile, en que el adjetivo femenino plural iustae hace referencia a laconformidad de esta institución con el ius. Así, iustae nuptiae es el matrimonio cuyos efectos, tanto patrimoniales como familiares (concretamente, potestativos), son tomados en consideración en lasdecisiones de los juristas romanos. Así, por ejemplo, uno de estos juristas, Modestino, lo define como "la unión del hombre y de la mujer, implicando consorcio por toda la vida e igualdad de derechos divinosy humanos". Por su parte, el emperador Justiniano expresa que es "la unión del hombre y la mujer con la intención de continuar la vida en común". Conviene destacar que en Roma, el matrimonio era unasituación de hecho reconocida y aceptada por la sociedad, y no un contrato solemne como lo es hoy en la mayoría de los países occidentales. Su importancia radica en que es el fundamento de la familiaromana y de ahí que, aun cuando no sea un acto jurídico, sí produce efectos jurídicos importantes.
REQUISITOS
Exigió el derecho civil cuatro condiciones para la validez del matrimonio: La pubertad enlos contrayentes, el consentimiento de éstos, el consentimiento del jefe de familia y el disfrute del connubium.
La exigencia de la pubertad en los contrayentes era tanto como reclamar comocondición para las justas nupcias la capacidad natural, a la cual se oponía la impubertad, en la cual estaban incursos los varones menores de 14 años y las mujeres menores de 12, fuera de que en el derechojustinianeo fueron señalados como incapaces para celebrar las iustae nuptiae los eunucos.
Tocante al requisito del consentimiento de los contrayentes, cabe puntualizar que ese ingrediente delmatrimonio no era entendido de forma similar a como se le estima en la actualidad, dado que en Roma no bastaba el acuerdo inicial de la pareja, puesto que el mismo debía prolongarse por toda la vida de los...
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