Derecho cvil
Norma jurídica: son normas imperativas atributivas que rigen y coordinan la conducta externa del individuo.
Características: Heterónomas: el individuo esta sometidoa la autoridad o mando de otro.
Bilaterales: estas normas son imperativas atributivas son reglas que imponen deberes y conceden facultades.
Externas: se toma en cuenta la adecuaciónexterna de la conducta con la noma presidiendo la intención o la convicción del obligado.
Coercibles: en caso de que el derecho no se cumpla voluntariamente es posible hacerlo valerpor la fuerza.
Hecho humano
Puede ser intencional o accidental, puede producir efectos jurídicos aunque la voluntad del hombre no lo haya deseado ejemplo atropellar a un peatón.Hecho natural es el acontecer de las fuerzas de la naturaleza que conllevan consecuencias jurídicas sin la participación de hombre ejemplo un terremoto.
Hecho jurídico: es unacontecimiento engendrado por la actividad humana o puramente material, tomando en consideración por el derecho para derivar de el, en contra o en provecho de una o varias personas es decir unasituación jurídica.
Acto jurídico es una manifestación exterior de voluntad bilateral o unilateral, cuyo objetivo directo es engendrar, fundado en una regla de derecho en unainstitución jurídica.
Vicios de la voluntad:
violencia: es la coacción que se ejerce sobre alguien y le impide actuar con libertad en la realización del acto jurídico.
Error es toda falsarepresentación de la realidad.
Dolo: significa mentira engaño o simulación es la intención deliberada de perjudicar o dañar injustamente a alguien.
Mala fe disimulación del error deuno de los contratantes una vez conocido. Hay mala fe cuando conociendo el error en el que se encuentra la otra parte no se le hace saber. Lesión: cualquier daño perjuicio o detrimento.
Regístrate para leer el documento completo.