Derecho de daños

Páginas: 8 (1870 palabras) Publicado: 16 de mayo de 2010
Comentario de una sentencia:

Sentencia del Tribunal Supremo 1266/2001, 28 de Diciembre

Breve presentación del caso:

Don José Luis A. P. interpone demanda de juicio declarativo de menor cuantía contra Don Antonio P. F. y su esposa doña Isabel M. A., el Colegio de la Natividad de Nuestra Sra. De las Religiosas Calasancias y la Compañía de Seguros Central de Seguros S.A., para que secondene a los demandados –de forma conjunta y solidaria- a satisfacer a su representado, como padre y legal representante de su hija menor de edad, la cantidad de veinte millones de pesetas. La demanda se formula alegando que su hija Sara P.M. ha sufrido un daño físico –pérdida de la visión de un ojo-. Se dirige la demanda hacia los anteriores sujetos en concepto de padres de la niña quesupuestamente originó el daño, de colegio donde se produjo y su compañía de seguros.
Por su parte, los tres demandados coinciden en defenderse alegando primero la prescripción de la acción por responsabilidad extracontractual y se impongan las costas a la parte actora.
La demanda es interpuesta en principio en Juicio Declarativo ordinario de Menor Cuantía, ante el Juzgado de Primera Instancia num.57 de Madrid. Tras la desestimación de la demanda, con su correspondiente absolución de los demandados y la condena en costas a la parte actora, José Luis A. P. apela la sentencia ante la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, que desestima también la demanda, absolviendo a los demandados si bien no se hace declaración de las costas. Ante esta situación, el recurrente interponerecurso de casación al Tribunal Supremo, con el amparo al art. 1692.4º de la LECiv y los artículos 1902, 1903 y 1105 CC.
La Sentencia del Tribunal Supremo recoge los fundamentos por los que el padre pide la responsabilidad solidaria de los padres de la otra niña, del colegio y de la compañía aseguradora, en razón al daño sufrido por su hija, que entonces tenía cinco años. Estando en elcolegio, su compañera Patricia P. M. suelta la comba con la que ambas jugaban, con tal poca suerte que viene a dar en el ojo de Sara P. M., quedando éste sin visión. La Audiencia, la Sala de Instancia y el Tribunal Supremo aprecian que no hay derecho a la indemnización, ya que el daño es consecuencia de un accidente, de un acto inocuo. Puede estimarse la tendencia objetivizadora de la responsabilidadextracontractual, por la que se que todo daño quede resarcido. Sin embargo, no estamos en el caso, ya que es necesario cierto componente subjetivo, y en este supuesto, no tenemos culpa de la niña (no existe porque con cinco años no hay intención de causar ese daño) ni culpa del centro in vigilando o in eligendo al profesorado, ya que la profesora encargada de vigilar el recreo estaba presente.Reiteramos entonces que estamos ante un caso fortuito.
La parte actora recurre también invocando la violación de los arts. 1902 y 1903 del Código Civil y la jurisprudencia aplicable al caso, y que por ella la culpa extracontractual, de acuerdo a la jurisprudencia que invoca, se ha convertido en la práctica en una responsabilidad por riesgo (cuasi-objetiva). Este supuesto no puede aplicarse contralos padres de Patricia, ya que para que surja responsabilidad por el hecho de tercero (su hija) ésta debe sustentarse en una actuación y omisión culposa del tercero, ante la que no estamos, pues el daño fue producto no siquiera del juego, ya que este no entraña riesgos, si no de una caso fortuito. Tampoco puede entenderse la responsabilidad culposa omisiva del Colegio, ya que en el momento delaccidente había una profesora vigilando que actuó con la debida diligencia, y que el juego no suponía riesgos. Supuestos diferentes son aquellos en los que el juego conlleva algún peligro o riesgo.
Por todo esto, el recurso de casación es desestimado.

Relación con otras sentencias

a) STS de 11 marzo de 2000. Num. Recurso 1922/1995
Casualmente, trata también un caso en el que ha...
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