Derecho De Familia
ART. 301.- La obligación de dar alimentos es reciproca. El que los da tiene a su vez el derecho de pedirlos.
ART.- 302.- Los cónyuges deben darse alimentos. La leydetermina cuando queda subsistente esta obligación en los casos de divorcio y otros que la misma ley señale. Los concubinos también están obligados a darse alimentos cuando carezcan de ingresos o bienespropios suficientes para subsistir y estén imposibilitados para trabajar.
ART. 303.- Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los padres, la obligaciónrecae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieren más próximos en grado.
ART.- 304.- Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. A falta o por imposibilidad de los hijos, loestán los descendientes más próximos en su grado.
En nuestro derecho, la obligación de dar alimentos se puede satisfacer de dos maneras:
a) Mediante el pago de una pensión alimenticia, y
b)Incorporado el deudor en su casa al acreedor, para proporcionarle los elementos necesarios en cuanto a comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad.
En nuestro derecho, la obligaciónde dar alimentos se puede satisfacer de dos maneras:
c) Mediante el pago de una pensión alimenticia, y
d) Incorporado el deudor en su casa al acreedor, para proporcionarle los elementosnecesarios en cuanto a comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad.
En el parentesco por adopción dado que crea las mismas obligaciones que el parentesco legítimo entre padre e hijo, secrea solo entre adoptante y adoptado el derecho y la obligación de darse recíprocamente alimentos, según las necesidades del acreedor y las posibilidades económicas del deudor.
En el parentesco poradopción dado que crea las mismas obligaciones que el parentesco legítimo entre padre e hijo, se crea solo entre adoptante y adoptado el derecho y la obligación de darse recíprocamente alimentos,...
Regístrate para leer el documento completo.