DERECHO DE FAMILIA
Aleska Paredes A.
23-04-2013
DERECHO DE FAMILIA
Que es la familia, en general.
En nuestro derecho, particularmente el Derecho Civil abarca también el Derecho de
Familia, no obstante haya algunos autores contrarios a esta idea que sostienen que el
Derecho de Familia es un Derecho que tiene características especiales, no debiera estar
por ende el Derecho de Familia integrado alDerecho Civil, sino que debiera tener una
rama independiente, tanto una rama de estudio independiente, como texto jurídico
independiente. En otros países existen códigos de familia diferentes del Código Civil
(países latinoamericanos).
En Chile tenemos un sistema bastante anticuado, en el cual incorporamos las normas del
Derecho de Familia a nuestro propio Código Civil y están concentradasprincipalmente en
el libro primero del Código, pero no únicamente porque hay otras normas que están
dispersas dentro del libro IV en o que se refiere a algunos regímenes matrimoniales.
Cabe precisar que nuestro código trata el Derecho de Familia, no da, sin embargo, un
concepto de “qué es la Familia” y no lo hace ni el Código Civil, la Constitución y no lo hace
la Ley de matrimonio civil y no lo haceningún texto jurídico, más allá de señalar la
Constitución y también la ley de matrimonio civil señalando que la familia es el núcleo
fundamental de la sociedad que no es un concepto propiamente tal sino que lo único
que hace es resaltar la importancia que la familia tiene dentro del engranaje social, pero
no nos sirve como concepto.
No obstante lo anterior hay algunos artículos del Código que dealguna manera se refieren
a lo que podríamos entender como familia, no lo hacen de muy buena manera, pero al
menos lo intentan, por ejemplo en el título preliminar está el articulo N° 42, que sin tener
ninguna intención de definir a la familia señala quienes se entienden como parientes de
una persona:
PARIENTES
ART. 42 TITULO PRELIMINAR CC
Art. 42. En los casos en que la ley dispone que se oiga alos parientes de una
persona, se entenderán comprendidos en esa denominación el cónyuge de ésta y
sus consanguíneos de uno y otro sexo, mayores de edad. A falta de
consanguíneos en suficiente número serán oídos los afines.
Serán preferidos los descendientes y ascendientes a los colaterales, y entre éstos
los de más cercano parentesco.
Los parientes serán citados, y comparecerán a ser oídos,verbalmente, en la
forma prescrita por el Código de Enjuiciamiento.
Aleska Paredes
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Derecho de Familia
Aleska Paredes A.
Critica:
Coloca a una persona que jurídicamente no es pariente que es el cónyuge, y es el
primero que menciona, ahora, no está mal que lo mencione porque el código en
el fondo no nos está diciendo que estos sean parientes, nos está diciendo a
quienes debemos oír cuando laley disponga que se deba oír a los parientes y
dentro de los que debemos oír esta el cónyuge que aunque no sea pariente igual
tendría que ser oído en esas circunstancias, pero no nos dice lo que es la familia.
ARTICULO 815
Art. 815. El uso y la habitación se limitan a las necesidades personales del usuario o
del habitador.
En las necesidades personales del usuario o del habitador se comprenden lasde su
familia.
La familia comprende al cónyuge y los hijos; tanto los que existen al momento de la
constitución, como los que sobrevienen después, y esto aun cuando el usuario o el
habitador no esté casado, ni haya reconocido hijo alguno a la fecha de la
constitución.
Comprende asimismo el número de sirvientes necesarios para la familia.
Comprende, además, las personas que a la misma fecha vivíancon el habitador o
usuario y a costa de éstos; y las personas a quienes éstos deben alimentos.
Este articulo luego de explicar que los derechos de uso y la habitación también se
extienden a la familia señalando en su inc. 2 quienes debieran comprenderla.
La familia comprende al cónyuge y los hijos; tanto los que existen al momento de la
constitución, como los que sobrevienen después, y esto aun...
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