derecho de integracion
SEDEno13
ABOGACIA Y NOTARIADO
DERECHO DE INTEGRACION
DEFINICION DE DERECHO DE INTEGRACION
TIPOS DE DERECHO DE INTEGRACION
DEFINICION DE DERECHO DE LA INTEGRACION
En todo trabajo de investigación es necesario definir el tema investigado para tomar al toro por las astas y de esta manera tener mayores elementos de juicio ennuestra investigación para poder deteminar lo que vamos a investigar. El derecho de la integración es la rama del derecho internacional pùblico que estudia y regula el proceso de uniòn de los estados en el proceso de comercializaciòn, polìtico y administrativo, por lo cual es claro que si un abogado no lo conoce no puede asesorar estados y en este orden de ideas es que cuando nos referimos al derechode la integración no siempre nos referimos a intregraciòn de varios estados, sino que muchas oportunidades nos referimos a la integración de un solo estado en consecuencia es claro que en esta rama del derecho pùblico debemos tener mucha dedicaciòn. Esta rama del derecho se encuentra en permanente desarrollo por lo cual es claro que resulta difícil encontrar libros actualizados sobre la misma yen consecuencia se abre la posibilidad para los abogados jóvenes para que publiquen libros sobre el derecho de la integración. El derecho de la integración es la rama del derecho internacional pùblico que estudia y regula la unìon interna y externa de los diferentes estados todo para conseguir que juntos se pueda acceder a mayores o mejores mercados y alcanzar mayor y mas ràpido desarrollo buscandocon todo esto una economía de mercado, en consecuencia el resultado final implica una legislación supranacional como la constitución para las alianzas o grupos estatales estatales. Es decir, resulta un tanto complejo definir el derecho de la integración, por lo cual es claro que estas definiciones proporcionadas nos serviràn para caminar en un sendero tachonado de antorchas y asì poder serguiados por la doctrina que es fuente del derecho, al igual que otras fuentes del derecho.
Formas de integración
La integración es de dos clases o formas que son las siguientes: integración hacia adentro y la segunda que es la integración hacia afuera. Aparentemente la integración primero debe ocurrir en el territorio nacional o hacia adentro para posteriormente ocurrir entre estados o hacia afuera,pero esto es erròneo porque estas dos formas de integración pueden ocurrir al mismo tiempo en forma simultànea. Es decir, no es necesario que ocurra primero la integración hacia adentro para que posteriormente ocurra la integración hacia afuera, lo cual es necesario tener en cuenta al momento de estudiar la integración, por lo cual es claro que debemos tener mucho cuidado cuando estudiamos lamisma o proponemos la intregraciòn. Ademàs teniendo en cuenta el modo de la integración la misma puede ser hegemònica o voluntaria.
INTEGRACION HACIA ADENTRO
El derecho de la integración puede aplicarse dentro de un estado y cuando se realiza se denomina integración hacia adentro, es decir, dentro del territorio nacional en consecuencia es claro que en el caso peruano existe poca integración haciaadentro, lo cual se advierte en la falta de carreteras y en consecuencia es claro que amerita la construcciòn de muchas carreteras porque existen pueblos olvidados en el derecho peruano, que ni siquiera tienen carreteras de acceso y por lo tanto es claro que es difícil intercambiar bienes y servicios con dichos territorios o departamentos o ciudades olvidadas por parte de los gobernantes. Enconsecuencia es claro que la integración hacia adentro es mas fácil de ser entendida en los estados compuestos y estados federales como es el caso de Argentina y Estados Unidos de Norteamérica, pero nada impide que se realice la referida integración hacia adentro dentro de un estado unitario, como es por ejemplo el estado peruano.
INTEGRACION HACIA AFUERA
El derecho de la integración puede...
Regístrate para leer el documento completo.