Derecho de las comunidades europeas
Ordenamiento jurídico que se integra en el sistema jurídico de los Estados miembros, que se impone a sus órganos jurisdiccionales, que tiene su origen en unatransferencia de competencias de los Estados a favor de la Comunidad y cuyos destinatarios son tanto los Estados miembros como los particulares.
EL DERECHO COMUNITARIO constituye un nuevo ordenamientojurídico que se diferencia del Derecho Internacional en dos puntos importantes: En primer lugar, el Derecho Internacional clásico es un derecho de cooperación, mientras que el ordenamiento comunitarioes un derecho de integración. Además, el Derecho Internacional es básicamente un derecho de carácter convencional, mientras que el Derecho Comunitario, aunque tiene su origen en los Tratadosfundacionales, es desarrollado a través de la actividad normativa de sus instituciones que ejercen una verdadera potestad legislativa que da lugar al Derecho Comunitario derivado.
La relación entre el DerechoComunitario y los ordenamientos internos de los Estados miembros se fundamenta esencialmente en tres principios:
El principio de autonomía del Derecho Comunitario es consecuencia de la transferenciade competencias realizada por los Estados miembros a favor de la Comunidad y que son ejercidas por las instituciones comunitarias.
El principio de primacía del Derecho Comunitario respecto al derechointerno de los Estados miembros.
El principio de eficacia directa en el sentido de que se trata de un ordenamiento cuyos destinatarios no son exclusivamente los Estados miembros sino, además, susnacionales respecto de los que genera derechos y obligaciones.
Además, es un ordenamiento que debe ser aplicado por los jueces nacionales que, en cooperación con el Tribunal de Justicia, se conviertenen jueces comunitarios.
Dentro del Derecho Comunitario podríamos distinguir entre fuentes obligatorias y fuentes no obligatorias. Son fuentes obligatorias:
1. El derecho originario: los...
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