Derecho De Petición
Señores
Secretaría de Tránsito
Curití – Santander
Referencia: Derecho de Petición solicitando la anulación del Comparendo Nacional No99999999900000995863 en cumplimiento del DECRETO-LEY 019 de Enero 10 de 2012.
JORGE ENRIQUE HERRERA AGUILERA, mayor de edad, vecino de la ciudad de San Gil, identificado con la cédula de ciudadanía No6.741.277 expedida en Tunja ,en uso del derecho que me otorga la Constitución Política de Colombia en su Artículo 23 y lo correspondiente al Código Contencioso Administrativo en sus artículos 5 ys.s. me permito solicitar se proceda anular el comparendo Nacional registrado en la referencia dando aplicación a la norma , omitida por el agente de tránsito DELGADO MARIN JOHN H. , también referiday que en particular se refiere al artículo 197 del DECRETO-LEY 19 del 10 de Enero de 2012 de acuerdo a lo siguiente :
PETICION
Se anule el comparendo de la referencia ya que deconformidad con lo establecido en el artículo 197 del capítulo XV del DECRETO-LEY 19 del 10 de Enero de 2012 se modificó el artículo 22 de la Ley 769 de 2002 ( CODIGO NACIONAL DE TRANSPORTE ), modificadoanteriormente por el artículo 6 de la Ley 1383 del 2010 , y por lo tanto al no tenerse en cuenta la norma vigente que le da VIGENCIA a mi licencia de conducción hasta el año 2017 cuando deboRENOVARLA, se me impuso como presunto infractor por “no renovar la licencia después de cumplir los 65 años de edad”, una sanción que no corresponde a la ley.
HECHOS
PRIMERO: El día 15 deJulio de año 2012 a las 10:00 p.m. en tránsito de Bucaramanga a San Gil, metros adelante del Peaje de Curití fui requerido por al Agente de Tránsito de la Policía DELGADO MARIN JOHN H.identificado con placa No 43604 adscrito a la Secretaría de Tránsito de Curití como se registra en el comparendo de la referencia quien al revisar los documentos
CONTINUACION DERECHO DE PETICION...
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