Derecho de transito
Anteriormente (INSPECTORIA DE TRANSITO TERRESTRE).
Este es un ente adscrito al ministerio del poder popular con competencia en materia de transporteterrestre, con personalidad jurídica, que goza de los privilegios y prerrogativas que se le acuerdan a la republica, de conformidad con la ley, y tendrá su sede en la ciudad de Caracas, sin perjuicio deque pueda establecerla en cualquiera otra localidad del país.
Dicho Instituto establecerá las oficinas y dependencias regionales que permitan la optimización de los servicios de transporte terrestreque presta.
Fundamento Legal:
Capitulo II Del Instituto Nacional de Transporte Terrestre.
Art.: 22 Ley de transporte terrestre.
Las Autoridades Administrativas
Anteriormente se señalabanautoridades administrativas de transito terrestre, a todas las determinadas en el reglamento de la ley. Art. 18 Ley de transito terrestre: Las autoridades administrativas del transito terrestre serándeterminadas en el reglamento de esta ley.
Para el antiguo reglamento se clasificaban las autoridades en Autoridades Administrativas y Autoridades Judiciales.
Las Autoridades Administrativas eranMinisterio de Transporte y comunicaciones.
Dirección General Sectorial de transporte terrestre.
Órganos de ejecución: La inspectoria de transito y el cuerpo de vigilancia.
Estos dependen de ladirección general sectorial de transporte terrestre.
Y dichas inspectorías se dividen en:
Inspectorias de Zonas
Inspectorias Regionales
Inspectorias Locales.
Los funcionarios a cargo de estasse denominan Inspectores, estos tiene el carácter de funcionarios de policía.
Cabe resaltar que no se debe confundir inspectores del transito con los funcionarios de los cuerpo de vigilancia detransito, ya que los primeros son funcionarios administrativos de libre nombramiento y remoción del presidente de la republica por órgano del ministerio de transporte y comunicaciones.
En la...
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