Derecho del trabajo- Convenios Colectivos
Para negociar el convenio colectivo de sector por parte de losempresarios estarán legitimadas las asociaciones empresariales que cuenten con el 10% de los empresarios en el ámbito geográfico y funcional y que ocupen, además, a un mínimo del 10% de los trabajadores deese mismo ámbito, según el artículo 87.3 a) del Estatuto de los Trabajadores. En el caso que nos ocupa, quienes cuentan con más de 139 representantes (el 10% de 1.390) y ocupan a más de 2.500trabajadores son CEP, Empresarios del Vino y Vinos de Cataluña.
Por otro lado, y atendiendo al artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores, en representación de los trabajadores estarán legitimadosinicialmente para negociar aquellos sindicatos que tengan la condición de más representativos a nivel estatal (art.87.1 b) del Estatuto de los Trabajadores) y los sindicatos que cuenten con un mínimo del 10%de los miembros de los comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional al que se refiera el convenio (art.87.1 c) del Estatuto de los Trabajadores). En función de loscriterios expuestos entendemos que en el caso concreto tienen legitimación UGT y CC.OO, por cumplir con el primer requisito (más representatividad a nivel estatal), y Unión Sindical de TrabajadoresVitivinícolas y Sindicato del Vino Espumoso, por superar el 10% de los 139 representantes; miembros de los comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional al que se refiereel convenio.
¿Qué composición debe tener la mesa negociadora del convenio por parte de los trabajadores?
Según el artículo 88.1 del Estatuto de los Trabajadores “el reparto de miembros con voz yvoto en la comisión negociadora se efectuará con respeto al derecho de todos los legitimados para negociar y en proporción a su representatividad”. Seguidamente, el segundo apartado dice que “quedará...
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