Derecho Economico
SUMARIO.—1. Introducción.—2. El origen y la identificación del Derecho económico como fenómeno histórico.—3. Concepciones ^metodológicas» del Derecho económico.—4. Concepciones del Derecho económico en que cabría tener en cuenta el sector de relaciones objeto de sus normas. En particular, la concepción amplia.—5. Concepción restringida.—6. La inevitablereferencia a la empresa.—7. El Derecho económico en los países socialistas.— 8. El carácter «instrumental}) del Derecho económico.—9. La irreductibilidad a ciertas categorías o demarcaciones usuales de la ciencia jurídica y la complejidad de los intereses en juego.— 10. La cuestión relativa a la naturaleza del contenido del llamado «Derecho económico».—11. Sobre la materia que integra esecontenido.—12. Derecho económico y Derecho mercantil desde el punto de vista de las realidades materiales que constituyen su objeto y del enfoque con que son tratadas.—13. Puntualisadones para la distinción y relaciones entre Derecho económico y Derecho mercantil.
1. INTRODUCCIÓN
El «Derecho de la Economía» o «Derecho económico» ^ constituye
' Ambas expresiones pueden considerarse sinónimas outilizables como sinónimas. Por poner un ejemplo representativo del posible uso intercEimbiable de una u otra expresión, remitiríamos al lector a RUBIO: Introducción al Derecho mercantil, Barcelona, Ediciones Nauta (1969), pp. 167 y 170-179. No obstante, hay quien intenta distinguir entre una y otra expresión o mostrar su preferencia por la una o por la otra. Así, entre nosotros, BAENA DEL ALCÁZARdeclara que prefiere usar la expresión «derecho de la economía» mejor que «derecho económico», «a ejemplo de lo que sucede en la doctrina italiana, toda vez que es ima traducción más correcta de la
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VICENTE SANTOS
hoy una realidad innegable ^. Y no sólo en el ámbito de la literatura jurídica y los estudios universitarios ^, sino también, por supuesto, en el ámbito legislativo, dentro delcual el nivel constitucional se muestra hoy a este respecto como uno de los más interesantes *. Pero la atenpalabra alemana Wirtschaftsrecht» (Régimen jurídico de la intervención administrativa en la economía, Madrid, Editorial Tecnos (1966), p. 49, nota 10). Fuera de España, JACQUEMIN y SCHRANS: Le droit économíque, segunda edición, París, Presses Universitaires de France, 1974, p. 8, distinguenentre una locución y otra y entienden que tal distinción no carece de importancia. A juicio de estos autores, la noción de «Derecho de la Economía» es esencialmente descriptiva y puede designar el conjimto bastante heterogéneo de las reglas de Derecho que se aplican a la actividad económica; mientras que la noción de «Derecho económico» sería, según ellos, más cualificativa e insistiría sobre laperspectiva de un encuentro interdisciplinario que transforma la regla de Derecho. Por «encuentro interdisciplinario» hay que entender aquí el encuentro o conexión entre ciencia del Derecho y ciencia de la Economía (vide, en efecto, pp. 87 y ss., especialmente 91; también, pp. 70 y 125126) (Otras alusiones a la cuestión terminológica pueden verse en las pp. 63 —a propósito de la expresiónalemana Wirtschaftsrecht— y 69 —a propósito de la expresión italiana diritto delVeconomia.) También PARJAT: Droit économíque, París, Presses Universitaires de France (1971), p. 10, distingue entre «Derecho económico» y «Derecho de la economía»: ve tras esta última expresión una concepción vaga, que podría aplicarse a todos los tiempos. Ahora bien, quizá haya un exceso de sutileza en la distinción,propugnada por estos autores, entre «Derecho de la Economía» y «Derecho económico». Y además, puestos a distinguir (lo que no parece aconsejable por no perderse en una académica, quizá bizantina, quaestio noTninis), ¿no reflejaría mejor la conexión interdisciplinaria la presencia del sustantivo «Economía» que su sustitución por el adjetivo «económico»? Pero es que, en fin, esa misma concepción...
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