Derecho Economico
Artículo 70.- Inviolabilidad del derecho de propiedad
El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentrode los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnizaciónjustipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el procedimientoexpropiatorio.
Artículo 71.- Propiedad de los extranjeros
En cuanto a la propiedad, los extranjeros, sean personas naturales o jurídicas, están en la misma condición que los peruanos, sin que, encaso alguno, puedan invocar excepción ni protección diplomática. Sin embargo, dentro de cincuenta kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer por título alguno,minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, el derecho asíadquirido. Se exceptúa el caso de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a ley.
Artículo 72.- Restricciones por seguridadnacional
La ley puede, sólo por razón de seguridad nacional, establecer temporalmente restricciones y prohibiciones específicas para la adquisición, posesión, explotación y transferenciade determinados bienes.
Artículo 73.- Bienes de dominio y uso público
Los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público pueden ser concedidos aparticulares conforme a ley, para su aprovechamiento económico.
79 CAPÍTULO III
DE LA PROPIEDAD
Artículo 124.-La propiedad obliga a usar los bienes en armonía con el interés social. El Estado promueve el...
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