Derecho Ecuador
SUBDIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA DE LA PGE
LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL
ESTADO
Norma:
Codificación N° 15
Publicado: Registro Oficial N° 312
Status:
Vigente
Fecha:
13-Abr-2004
ACTUALIZADA A MARZO DEL 2011
H. CONGRESO NACIONAL
LA COMISION DE LEGISLACION Y
CODIFICACION
El período de su gestión, los requisitos
y la forma de elección serán losprevistos
en la Constitución Política de la República.
Resuelve:
Art. 3.- De las funciones del
Procurador
General
del
Estado.Corresponden
privativamente
al
Procurador General del Estado, las
siguientes funciones:
EXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACION
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
PROCURADURIA GENERAL DEL
ESTADO
Capítulo I
DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL
ESTADO, SU AMBITO DE
COMPETENCIAY ORGANIZACION
Art. 1.- De la Procuraduría General
del Estado.- La Procuraduría General del
Estado es un organismo público de control,
con personería jurídica, patrimonio y
fondos propios, autonomía administrativa,
presupuestaria y financiera, dirigido y
representado legalmente por el Procurador
General del Estado. Tendrá su sede en la
Capital de la República y podrá establecerdelegaciones distritales o provinciales, de
acuerdo
a
sus
necesidades
administrativas.
Art. 2.- Del Procurador General del
Estado.- El Procurador General del Estado
es el representante judicial del Estado.
Le corresponde el patrocinio del
Estado, el asesoramiento legal y las demás
funciones que determine la Ley. Podrá
delegar la mencionada representación de
conformidad con lo establecido enesta
Ley.
a) Ejercer el patrocinio del Estado y de
sus instituciones de conformidad con lo
previsto en la ley;
b) Representar al Estado y a los
organismos y entidades del sector público
que carezcan de personería jurídica, en
defensa del patrimonio nacional y del
interés público;
c) Supervisar los juicios que involucren
a las entidades del sector público que
tengan personería jurídicao a las personas
jurídicas de derecho privado que cuenten
con recursos públicos, sin perjuicio de
promoverlos o de intervenir como parte en
ellos, en defensa del patrimonio nacional y
del interés público;
d) Representar al Estado Ecuatoriano y
a las entidades del sector público en
cualquier juicio o reclamo que deban
proponer o que se plantee en su contra en
otro Estado, de acuerdo conla
Constitución Política de la República, los
tratados o convenios internacionales
vigentes y las leyes del Estado
Ecuatoriano;
e) Absolver, consultas y asesorar a los
organismos y entidades del sector público,
así como a las personas jurídicas de
derecho privado con finalidad social o
pública, sobre la inteligencia o aplicación
2
de las normas “constitucionales”, legales o
de otroorden jurídico. El pronunciamiento
será obligatorio para la Administración
Pública, sobre la materia consultada, en los
términos que se indican en esta ley;
Nota: Texto entre comillas declarado
inconstitucional por Sentencia de la Corte
Constitucional No. 2, publicada en Registro
Oficial Suplemento 566 de 8 de Abril del
2009.
f) Nota: Literal derogado por numeral
3. de Derogatorias de LeyNo. 1, publicada
en Registro Oficial Suplemento 395 de 4 de
Agosto del 2008.
g) Supervisar el cumplimiento de
dichos contratos y proponer o adoptar, con
este fin, las acciones judiciales necesarias
en defensa del patrimonio nacional y del
interés público;
h)
Reclamar
judicial
o
administrativamente de terceros los bienes
fiscales; y, en el caso de los de carácter
provincial omunicipal o pertenecientes a
organismos autónomos del sector público,
requerir
de
las
autoridades
correspondientes igual medida debiendo
actuar por su propia iniciativa en el evento
de que no lo hicieren;
i) Informar anualmente por escrito al H.
Congreso Nacional sobre el ejercicio de
sus funciones;
j) Presentar proyectos de ley, en las
materias que correspondan a sus
atribuciones...
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