Derecho Internacional Privado

Páginas: 6 (1435 palabras) Publicado: 12 de febrero de 2013
Competencia Judicial Internacional

1.- Determinar la competencia de los Juzgados de Bonn señalando la norma jurídica aplicable.
Dado que esta relación se produce entre personas nacionalizadas en varios estados miembro, en primer lugar debemos investigar si es de aplicación el Reglamento “Bruselas I”: El art. 1.2 del Reglamento excluye de su ámbito de aplicación material los regímenesmatrimoniales.
Sin embargo ,a nivel comunitario existe otro reglamento que regula las causas matrimoniales, es el R. 2201/2003, de 27-11-2003. Este reglamento no plantea dudas siempre que se aplique entre ciudadanos de la UE.
En su art. 3 establece como criterio de conexión general la residencia habitual de los conyuges, siempre que uno de ellos aun resida en dicho lugar. Dado que el señor Zorktodavía reside en Bonn (Alemania) y ese fue el lugar de residencia habitual durante 6 años, es posible demandar ante los tribunales de Bonn.
2.- Determinar la competencia de los Juzgados de Albacete señalando la norma jurídica aplicable.
Si doña Josefa desea realizar una demanda conjunta de divorcio, y dado que lleva mas de una año residiendo en Albacete, puede, en virtud del art. 3 del R. 2201/2003,demandar en su actual lugar de residencia, es decir, Albacete.(medio bien)
*Los tribunales de Albacete son competentes xq lleva residiendo en el lugar de su nacionalidad 6 meses antes de presentar su demanda.
Este seria un caso de foros alternativos.
3.- Si la otra parte compareciera ante los Juzgado de Albacete y alegara que existe litispendencia internacional, ¿podría prosperar dichaalegación?¿Por qué?
En realidad no es el mismo objeto, xq una es de demanda de divorcio y la otra de separarion, aun asi el art. 19 equipara estas figuras, asique si que hay litispendencia.
Dado que el tribunal alemán ya esta en fase probatoria es evidente que se ha declaradso competente, x tanto el tribunal de Albacete lo que debe hacer es inhibirse.
“Artículo 19.  Litispendencia y accionesdependientes.—1.  Cuando se presentaren demandas de divorcio, separación judicial o nulidad matrimonial entre las mismas partes ante órganos jurisdiccionales de distintos Estados miembros, el órgano jurisdiccional ante el que se hubiere presentado la segunda demanda suspenderá de oficio el procedimiento en tanto no se establezca la competencia del órgano jurisdiccional ante el que se interpuso laprimera.”
3.  Cuando se establezca que es competente el primer órgano jurisdiccional, el segundo se inhibirá en favor de aquél.

En este caso, la parte actora ante el segundo órgano jurisdiccional podrá presentar la acción ante el primero.

El art. 19.1 y 3 de este Reglamento resuelve esta cuestión, de forma que sí prodria prosperar esa alegación, ya que el órgano judicial de Albacete ha conocidode la segunda demanda, y por ello debe suspender de oficio hasta que no se resuelva la cuestión de competencia.

4.- ¿Cómo deberá notificarse la demanda al marido residente en Bonn?¿Qué normativa resulta aplicable en esa materia?.
R. 1393/2007 sobre notificación en el extranjero de documentos civiles y mercantiles, según este cada EEMM designa una serie de organismos transmisores y receptores.En España son los secretarios judiciales, y lo enviara al organismo alemán que se encargara de entregárselo al juzgado que corresponda.
En el ámbito europeo caben tres modalidades:
1. Vía consular.
2. Sistema de autoridades centrales
3. Notificación directa entre estados, regulados en los Relgamentos 2001 y 2007.
Por su mayor rapidez y facilidad es preferible escoger la notificacióndirecta.
El proceso con elementos de extranjería

1.- ¿Cúal sería la ley que regiría el desarrollo del proceso?
La regla general es la lex fori regit processum. Por lo que en principio la normativa procesal aplicable seria la normativa española, ya que el contrato se perfecciona en Valencia, con la entrega de las mercancías. Sin embargo, esta regla general tiene diversas excepciones.
Ya...
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