derecho internacional
El Concepto de Derecho Internacional Público
El carácter problemático del Derecho Internacional y la necesidad de una triple aproximación
El DIP se caracteriza por la incertidumbre y relativismo en el plano normativo y por una politización en la solución de controversias.
-No existe un órgano comparable con el poder legislativo.
-La asambleaGeneral de la ONU adopta resoluciones que contienen criterios y puntos de vista jurídico que ejercen influencia, pero que no son per se obligatorias.
-Los creadores del DIP son los Estados, esta creación se produce a través de costumbre no escrita y de tratados o convenciones. La costumbre no siempre es clara y precisa, hay gran incertidumbre en una época como la actual que está en transformación¿cuál es la norma de costumbre vigente?
-Los tratados solo crean obligaciones para quienes los han suscrito, por lo que no todos los miembros de la comunidad internacional se rigen por las mismas reglas, aunque ciertas normas pueden convertirse en derecho internacional general.
-Otra característica de DIP en materia normativa, es que hay muchas obligaciones de comportamiento, no se exige que secumpla con un resultado, es muy difícil verificar si se ha cumplido con la obligación.
También hay incertidumbre en el plano de prevención y sanción. Existe el consejo de Seguridad de la ONU quien tiene la responsabilidad de mantener la paz y la seguridad, pero como se requiere la unanimidad de los Estados miembros del consejo, en la mayoría de casos las superpotencias y grandes potencias impiden queel órgano cumpla con sus funciones. La acción de la ONU para mantener la paz es insuficiente.
Las incertidumbres normativas exigen un sistema eficaz para resolver controversias en la sociedad internacional, pero en este aspecto tampoco hay una solución satisfactoria, no existe un proceso judicial obligatorio. El DIP proclama que las controversias deben resolverse de manera pacífica, pero dejalibre que las partes elijan la manera de hacerlo, por lo que otra vez estamos ante una obligación de comportamiento, los Estados pueden o no ponerse de acuerdo.
Debe entenderse que el DIP y el derecho interno parten de supuestos institucionales diferentes, siendo mucho más completos y evolucionados los de los derechos internos.
Para muchas personas el DIP tiene una mala imagen y poca credibilidad.El autor afirma que el DIP alcanza niveles de observancia y acatamiento considerables, lo normal es que se respete la soberanía territorial de los Estados, que se cumplan las normas sobre misiones y agentes diplomáticos. Es diferente cuando los intereses de los Estados son políticos, en ese caso no hay una observancia satisfactoria. Los tratados permiten la cooperación entre estados en un mundocada vez más interdependiente. El autor pide que no juzguemos el curso en las primeras clases.
Los Estados toman más en serio el DIP de lo que creemos
Cuando se cumple el DIP no llama la atención, solo vemos en los medios de comunicación los casos en los que se viola. Para aprender DIP se deben tener en cuenta tres aproximaciones: (i) la técnico-jurídica, (ii) la propiamente axiológica y la (iii)sociológica.
La aproximación técnico-jurídica trata de definir el DIP, parte de la norma obligatoria. La axiológica se ocupa de un problema tradicional, de su fundamentación y de los valores que persigue. La sociológica (histórica) se refiere al condicionamiento de la disciplina por la estructura de cada etapa histórica de la sociedad internacional.
Es necesario un método interdisciplinariopara comprender el DIP
Aproximación Técnico-Jurídica: una definición formal del Derecho Internacional
El problema que se plantea es definir cuándo estamos ante una norma de Derecho Internacional positivo. El profesor Suy (otro autor) distingue tres categorías de definiciones de Derecho Internacional:
(a) definición por sus destinatarios – DIP sería conjunto de normas que regulan las...
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