Derecho internacional
El Comité Internacional de la Cruz Roja tiene una activa presencia en lasrelaciones internacionales; además, su asistencia es una necesidad en los conflictos o desastres que desgraciadamente asolan a nuestro mundo con mucha frecuencia. Por tanto, su subjetividad internacionales vista no sólo como una necesidad, sino también con simpatía.
El Individuo como Sujeto de Derecho Internacional
El individuo tiene una subjetividad jurídica muy limitada; sin embargo, no hayduda que es un sujeto del derecho internacional. En primer término, recordemos que las convenciones de Ginebra de 1949 y sus protocolos de 1977 protegen al individuo; es decir, en este caso elindividuo es titular de derechos reconocidos en instrumentos internacionales.
Es en el ámbito de los derechos humanos y en el del derecho humanitario internacional donde el individuo encuentra sustentopara su subjetividad internacional. La Convención sobre Genocidio, del 9 de diciembre de 1948; la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951 y su Protocolo de 1967; el Tratado de Londres del8 de agosto de 1945, que crea el tribunal militar internacional para juzgar a los criminales de guerra; las convenciones sobre derechos humanos de Roma, del 4 de noviembre de 1950 y de San José deCosta Rica del 22 de noviembre de 1969, son, entre otros, documentos de derecho internacional que toman al individuo como titular de derechos y obligaciones internacionales.
Sin embargo, estasubjetividad internacional es muy limitada. Veamos por ejemplo el Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aprobada el 8 de abril de 1980, cuyo artículo 23 autoriza a “cualquier...
Regístrate para leer el documento completo.