Derecho justiniano
JURISDICCIONAL DEL DERECHO
DE ALIMENTOS
Álvaro GUTIÉRREZ BERLINCHES
Profesor Ayudante de Derecho Procesal
Universidad ComplutEeVOLnUCIÓsNeHISTÓdRICAeDE LAMTUTELAaÁJLUVdRAIRSODrIGCUCiITOdIÉNRARLEDZEBLERDLEIRNECCHH
EOS
RESUMEN
El autor realiza un amplio estudio de la evolución histórica del tema propuesto, desde
el Derecho romano hasta la Codificación,analizando, posteriormente, la regulación
de la reclamación de alimentos en la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1855, así como
en la Ley de Bases de 21 de junio de 1880 y en la Ley de Enjuiciamiento Civil
de 1881. Finalmente, lleva a cabo una breve descripción de la cuestión en la vigente
Ley de Enjuiciamiento Civil.
SUMARIO: I . INTRODUCCIÓN.—I I . EL DERECHO ROMANO.—
III. DESDE EL DERECHOROMANO A LA CODIFICACIÓN.—
IV. LA RECLAMACIÓN DE LOS ALIMENTOS EN LA LEY
DE ENJUICIAMIENTO CIVIL DE 1855.—1. Introducción.—2. Normas
comunes a los actos de jurisdicción voluntaria.—3. Normas para la reclamación
de los alimentos.—V. LA LEY DE BASES, DE 21 DE JUNIO
DE 1880, PARA LA REFORMA DEL ENJUICIAMIENTO CIVIL.—
VI. LOS PROCESOS DE ALIMENTOS EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO
CIVIL DE 1881.—1.Proceso sumario y alimentos provisionales.—
a) Presentación de la demanda y citación para la vista.—b) Celebración
de la vista y oposición del demandado.—c) Sentencia, recursos y ejecución
provisional.—2. Proceso plenario posterior y alimentos definitivos.—3. Otros
procesos en los que se ventilaban alimentos sin ser ésta la cuestión principal
del pleito.—VII. BREVE DESCRIPCIÓN DE LA TUTELA DE LOSALIMENTOS
EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL VIGENTE.
I. INTRODUCCIÓN *
En este trabajo analizamos cómo fueron tutelados los alimentos en los
diferentes ordenamientos jurídicos que se sucedieron en la Península desde
1 La reducción viene referida tanto a los sujetos obligados a prestar los alimentos como
a los conceptos incluidos dentro de la obligación.
2 Cfr. IGLESIAS, Derecho romano:historia e instituciones, 11.a ed., Barcelona, 1994, p. 466.
También BONFANTE (vid. Diritto Romano, reimp., Varese, 1976, p. 26), afirma que «il diritto
pubblico si svolge intorno alla civitas, al populus; il diritto privato, intorno alla familia».
3 La división en períodos que hemos hecho del Derecho romano no es la única que
manejan los romanistas, pero quizá sí sea la más extendida. En cuantoal empleo del término
Imperio no debe llevar a confusión el hecho de que lo usemos en un sentido amplio. Más
precisamente, el Derecho romano comprende tanto la Monarquía (desde el siglo VIII hasta
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el Derecho romano hasta la época codificadora. De la investigación se concluye
que el núcleo de la tutela de los alimentos está en dos cuestiones
conocidas ya desdehace varios siglos: la exclusión de la discusión sobre
el estado civil, que procede del Derecho romano, y la tramitación ágil y
sencilla, que procede de las decretales del siglo XIV. Nuestro estudio se
circunscribe, sobre todo, a los antecedentes más inmediatos de la tutela
jurisdiccional del derecho de alimentos: los que encontramos en la Leyes
de Enjuiciamiento Civil de 1855 y de 1881. Pesea ello, haremos también
un breve recorrido por las diferentes etapas históricas y sistemas jurídicos
vigentes en la Península Ibérica, para detenernos en aquellos puntos que
nos parecen de interés por estar relacionados con la existencia de un tipo
de tutela sumaria como forma básica de protección del derecho de alimentos.
II. EL DERECHO ROMANO
A pesar de que la familia romana difiere enmuchos aspectos de lo
que hoy se entiende por familia en nuestra sociedad, los romanos ya conocieron
la institución de alimentos entre parientes, aunque con un carácter
más reducido del que tiene en nuestro vigente ordenamiento jurídico 1. Lo
genuino o caracterizador de la familia romana es el sometimiento de todos
sus miembros a la potestad del pater familias. Al menos en un primer
momento...
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