DERECHO LABO
Art. 545.- Atribuciones de los inspectores del trabajo.- Son atribuciones de losinspectores del trabajo:
1. Cuidar de que en todos los centros de trabajo se observen las disposiciones que, sobre seguridad e higiene de los talleres y más locales de trabajo, establecen el Capítulo"De la Prevención de los Riesgos" y los reglamentos respectivos;
2. Cuidar de que en las relaciones provenientes del trabajo se respeten los derechos y se cumplan las obligaciones que la ley imponea empleadores y trabajadores;
3. Efectuar las visitas a las que se refiere el numeral 5 del artículo 542 de este Código;
4. Cerciorarse, por los medios conducentes, tales como la revisión dedocumentos y registro de las empresas, la interrogación al personal de los establecimientos sin presencia de testigos, etc., del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias referentes altrabajo, y hacer constar sus observaciones en los informes que eleven a sus respectivos superiores jerárquicos;
5. Conceder o negar el visto bueno en las solicitudes de despido de los trabajadores ode separación de éstos, y notificar los desahucios, de acuerdo con las prescripciones pertinentes de este Código;
6. Intervenir en las comisiones de control;
7. Imponer multas de acuerdo con lasnormas de este Código; y,
8. Las demás conferidas por la ley y los convenios internacionales ratificados por el Estado.
Artículo 542.- Los Inspectores del Trabajo tienen las obligacionessiguientes:
I. Identificarse con credencial debidamente autorizada, ante los trabajadores y los patrones;
II. Inspeccionar periódicamente las empresas y establecimientos;
III. Practicar inspeccionesextraordinarias cuando sean requeridos por sus superiores o cuando reciban alguna denuncia respecto de violaciones a las normas de trabajo;
IV. Levantar acta de cada inspección que practiquen, con...
Regístrate para leer el documento completo.