derecho laboral
Art. 351. El objeto de la guarda de las personas y bienes, o solamente de los bienes, de los que no estando sujetos a patria potestad tienen incapacidad natural y legal, o solamente la segunda, para gobernarse por sí mismos. La tutela puede tener por objeto la representación interina del incapaz en los casos especiales que señale la ley.
2. ¿Cuantos tipos de tutela hay?Existen 3 tipos de tutela:
Testamentaria: cuando el que ejerce la patria potestad designa en su testamento a un tutor
Legitima: Da lugar cuando los menores no tengan quien ejerza la patria potestad ni tutor testamentario
Tutela dativa: la tutela dativa tiene lugar en los siguientes casos
I. Cuando no hay tutor testamentario ni persona a quien, conforme a la ley corresponda la tutelalegitima.
II. Cuando el tutor testamentario esta impedido temporalmente de ejercer su cargo y no hay ningún pariente de los designados en el art.381 de este código.
III. En los casos especiales que establece este código.
3. ¿A quienes se les debe nombrar tutores?
Art 351. El objeto de la guarda de las personas y bienes, o solamente de los bienes, de los que no estando sujetos a patriapotestad tienen incapacidad natural y legal, o solamente la segunda, para gobernarse por sí mismos. La tutela puede tener por objeto la representación interina del incapaz en los casos especiales que señale la ley.
4. ¿Quiénes deben ser tutores?
Art. 355. La tutela es un cargo personal de que ninguno puede eximirse sino por causa legítima. Pueden ser tutores y curadores las personas de uno u otrosexo mayores de edad.
5. ¿Quienes tienen incapacidad legal y natural?
Art 352. Tienen incapacidad legal y natural:
I. Los menores de edad.
II. Los mayores de edad privados por la inteligencia, por locura, idiocia u otras deficiencias mentales.
III. Los sordomudos que no sean leer ni escribir.
IV. Los ebrios consuetudinarios, y los que habitualmente hacen uso inmoderado de drogasenervantes.
6. ¿Cómo se hace el nombramiento o como se difiere el cargo de tutor?
Art 362. El cargo de tutor se defiere:
I. En testamento.
II. Por elección del mismo menor confirmada por el juez.
III. Por nombramiento exclusivo del juez.
IV. Por la ley.
El cargo de curador se defiere de los tres primeros modos.
7. ¿Quién ejerce la patria potestad de los hijos de un incapacitado?Art 365 Los hijos menores de un incapacitado quedaran bajo la patria potesad del ascendiente que corresponda conforme a la ley, y no habiéndolo, será tutor de ellos el mismo del incapacitado.
8. ¿Cuándo termina la interdicción de un incapacitado?
Art 367. La interdicción no terminara sino por la muerte del incapacitado o por sentencia ejecutoria que declare haber cesado aquella y que sehubiere pronunciado en juicio seguido conforme a las mismas reglas establecidas para la interdicción.
9. ¿Quiénes pueden nombrar tutor por testamento?
Art 369. El que ejerza la patria potestad tiene derecho de nombrar tutor en su testamento a aquellos sobre quienes la ejercen con inclusión del póstumo.
10. ¿Puede nombrarse un único tutor para todos los hijos en un testamento?
Art 374. Sifuesen varios los menores podrá nombrárseles un tutor común, o conferirse a una persona diferente la tutela de cada uno de ellos, observándose, en su caso, lo dispuesto en el artículo 359 de este código.
11. ¿En qué consiste la tutela legitima?
Art 380. Hay lugar a la tutela legitima de los menores, cuando no hay quien ejerza obre ellos la patria potestad ni tutor testamentario.12. ¿De acuerdo a la ley quienes deben ejercer la tutela?
Art 381. La tutela legítima corresponde:
I. A los hermanos prefiriéndose a los que sean por ambas líneas.
II. Por falta o incapacidad de los hermanos, a los demás colaterales dentro de cuarto grado inclusive.
13. ¿Si hay varios parientes que deban ejercer la tutela legitima, quien decidirá al que deba ejercerla?
Art 382. Si...
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