derecho laboral
2. ¿Cómo han afectado esas crisis (u otros fenómenos problemáticos que Ud. pudiereinvocar) al Derecho del Trabajo argentino, tanto en sus normas cuanto en las conductas o prácticas de trabajadores, empleadores, sindicatos, organizaciones empresarias y autoridades administrativas, o enotros aspectos no estrictamente normativos?
3. ¿Qué efectos - si alguno - pueden tener en el futuro esas crisis (u otros fenómenos problemáticos que Ud. pudiere invocar) sobre el Derecho del Trabajoargentino tanto en sus normas cuanto en las coductas o prácticas de sus mencionados actores?.
1. - imposibilidad de hacer un análisis igualmente válido para todas las regiones del mundo
2.ciertos problemas atinentes al derecho del trabajo son compartidos por prácticamente todos los países
3. En primer lugar corresponde hablar de una crisis de cobertura: primeras preocupaciones estuvieroncentradas en la limitación de la jornada de trabajo, la indemnización de los accidentes y enfermedades ocasionadas por el trabajo industrial y el trabajo de las mujeres y menores en la industria,incluyendo a la minería. Sin embargo no tardó en extender su campo de aplicación, primero al comercio y los servicios y más adelante al trabajo rural
4. en los países en desarrollo una abrumadora mayoríade los empleos que hoy se crean lo son dentro del ámbito de la llamada economía informal, y por tanto escapan a la aplicación del derecho del trabajo, sino de jure cuando menos de hecho.
5. crisis deadaptación: descentralización productiva, en una lógica de descentralización productiva el empresario principal no asume los riesgos del empleador con relación a los trabajadores de sus empresas...
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