Derecho Laboral
De
acuerdo con el inciso 2do del Art. 41 y con la jurisprudencia administrativa, los siguientes beneficios, asignaciones y pagos no constituyenremuneración: * Asignación de movilización. * Asignación de colación. * Asignación de pérdida de caja.
¿Puede
el empleador descontar de las remuneraciones del trabajador montos por sobre la asignación depérdida de caja, en el evento de que la perdida sea mayor que la referida asignación? No, sólo puede descontar hasta el monto de dicha asignación, el saldo si la pérdida fue mayor, se podrá descontaren el período siguiente.
* Asignación de desgaste de herramientas. ¿Cuál es el monto que se puede pagar como asignación por desgaste de herramienta? Esta debe ser de un monto razonable, el cualno podrá exceder del valor que corresponda por cada mes de depreciación de la herramienta utilizada. * Viáticos. La Sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de 04.10.1984 expresa que losviáticos no estan afectos a imposiciones previsionales toda vez que constituyen un mero reintegro o reembolso de los gastos que ha incurrido el trabajador que ha debido ausentarse del lugar de desempeñohabitual de sus labores de por razones de servicio.
* Asignación familiar legal. * Indemnización por años de servicio establecida en el Art. 163 delCódigo y otras que se pagan al extinguirse la...
Regístrate para leer el documento completo.