Derecho laboral
La procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes: Representar o asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos, siempre que lo soliciten, ante cualquier autoridad, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo. Interponer los recursos ordinarios y extraordinarios procedentes, para la defensa deltrabajador o sindicato. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas.
La procuraduría de la Defensa del Trabajo se integrará con un Procurador General y con el número de Procuradores Auxiliares que se juzgue necesario para la defensa de los intereses de los trabajadores. Los nombramientos se haránpor el Secretario del Trabajo y Previsión Social, por los Gobernadores de los Estados o por el Jefe del Departamento del Distrito Federal.
El Procurador General deberá satisfacer los requisitos siguientes:
Ser mexicano, mayor de edad y estar en pleno ejercicio de sus derechos
Tener título legalmente expedido de licenciado en derecho y una práctica profesional no menor de tres años
Haberse distinguido en estudios de derecho del trabajo y de la seguridad social
No pertenecer al estado eclesiástico
No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.
Los Procuradores Auxiliares deberán satisfacer los requisitos señalados en haber terminado los estudios correspondientes al tercer año o al sexto semestre de la carrera de licenciado en derecho, porlo menos. Los servicios que preste la Procuraduría de la Defensa del Trabajo serán gratuitos. Las Autoridades están obligadas a proporcionar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, los datos e informes que solicite para el mejor desempeño de sus funciones. Los reglamentos determinarán las atribuciones, la forma de su ejercicio y los deberes de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.Comisión nacional de los salarios mínimos
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos funcionará con un Presidente, un
Consejo de Representantes y una Dirección Técnica. El Presidente de la Comisión será nombrado por el Presidente de la República y deberá satisfacer los requisitos siguientes: Ser mexicano, mayor de treinta y cinco años de edad y estar en pleno ejercicio de sus derechos;Poseer título legalmente expedido de licenciado en derecho o en economía; Haberse distinguido en estudios de derecho del trabajo y económicos; No pertenecer al estado eclesiástico; y No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.
El Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos tiene los deberes y atribuciones siguientes:
Someter al Consejo deRepresentantes el plan anual de trabajo preparado por la Dirección Técnica
Reunirse con el Director y los Asesores Técnicos, una vez al mes, por lo menos; vigilar el desarrollo del plan de trabajo que efectúen las investigaciones y estudios complementarios que juzgue conveniente;
Informar periódicamente al Secretario del Trabajo y Previsión Social de las actividades de la Comisión
Citar ypresidir las sesiones del Consejo de Representantes
Disponer la organización y vigilar el funcionamiento de las Comisiones Consultivas de la Comisión Nacional
Presidir los trabajos de las Comisiones Consultivas o designar, en su caso, a quienes deban presidirlos
Los demás que le confieran las leyes.
El Consejo de Representantes se integrará:
Con la representación del gobierno,compuesta del Presidente de la Comisión, que será también el Presidente del Consejo y que tendrá el voto del gobierno, y de dos asesores, con voz informativa, designados por el Secretario del Trabajo y Previsión Social
Con un número igual, no menor de cinco, ni mayor de quince, de representantes propietarios y suplentes de los trabajadores sindicalizados y de los patrones, designados cada cuatro...
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