Derecho laboral
UNIVERSIDAD JOSÈ ANTONIO PÀEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICA
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO DEL TRABAJO
Alumna
María Eugenia Afanador
C.I :15.653.830
Sección: 305D1
Prof. Wilfredo Gonzáles
San Diego, Mayo del 2010
DISTINCIÓN ENTRE EMPLEADO DE CONFIANZA Y EMPLEADO DE DIRECCIÓN
En el ejercicio del derecho, la confusión enlas definiciones de lo que es un empleado de dirección y un empleado de confianza suele ser muy comunes, puesto que al leer los artículos se podría pensar que se trata de una misma figura,
Ahorabien, el articulo 42. de la Ley Orgánica del Trabajo establece que se entiende por empleado de dirección el que interviene en la toma de decisiones u orientaciones de la empresa, así como el que tieneel carácter de representante del patrono frente a otros trabajadores o terceros y puede sustituirlo, en todo o en parte, en sus funciones; mientras que el articulo 45 de la refería ley estipula quetrabajador de confianza aquel cuya labor implica el conocimiento personal de secretos industriales o comerciales del patrono, o su participación en la administración del negocio, o en la supervisiónde otros trabajadores.
A pesar de su similitud, estas dos figuras son totalmente diferentes, por lo que presentan grande diferencias entre ellas las cuales serán enumeras a continuación:
1) Laprimera de ellas en cuanto a las acciones a ejercer en caso de despido injustificado en este caso los empleados de dirección no son amparados por los procedimientos de reenganche ni salarios caídosestablecido en el articulo 125 de la LOTRA es decir no gozan de estabilidad laborar ni de decreto de inmovilidad laboral no obstante pueden tienen derecho a la aplicación del articulo 104 que hacemención al derecho del preaviso.
En el caso de los empleados de confianza si gozan de ambos beneficios pudiendo estos ejercerlo por vía administrativa o por vía ordinaria, pudiendo de esta manera...
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