Derecho Laboral
Reformas al Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
Artículo 45. El artículo 5° del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 3° de la Ley 712 de 2001, quedará así:
Artículo 5°. Competencia por razón del lugar. La competencia se determina por el último lugar donde se haya prestado el servicio o por el domicilio del demandante,a elección de este. En los circuitos donde no haya juez laboral conocerá de los procesos el respectivo juez del circuito, civil o, en su defecto, promiscuo.
Artículo 46. Modifíquese el artículo 12 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 9° de la Ley 712 de 2001, el cual quedará así:
Artículo 12. Competencia por razón de la cuantía. Los jueceslaborales de circuito conocen en única instancia de los negocios cuya cuantía exceda del equivalente a veinte (20) veces el salario mínimo legal mensual vigente, y en primera instancia de todos los demás.
Donde no haya juez laboral de circuito, conocerá de estos procesos el respectivo juez de circuito en lo civil.
Los jueces municipales de pequeñas causas y competencia múltiple, donde existenconocen en única instancia de los negocios cuya cuantía no exceda del equivalente a veinte (20) veces el salario mínimo legal mensual vigente.
Artículo 47. El numeral 3 del parágrafo 1° del artículo 77 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 11 de la Ley 1149 de 2007, tendrá un tercer inciso, cuyo texto será el siguiente:
Si en la audiencia o encualquier etapa del proceso resultan probadas con documento pretensiones de la demanda que versan sobre derechos ciertos e irrenunciables de trabajador, el juez ordenará el pago y el proceso continuará en relación con las demás pretensiones.
Artículo 48. Modifíquese el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el cual quedará así:
Artículo 86. Sentenciassusceptibles del recurso. A partir de la vigencia de la presente ley y sin perjuicio de los recursos ya interpuestos en ese momento, sólo serán susceptibles del recurso de casación los procesos cuya cuantía exceda de doscientos veinte (220) veces el salario mínimo legal mensual vigente.
Artículo 49. Modifíquese el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el cual quedará así:Artículo 93. Admisión del recurso. Repartido el expediente en la Corte, la Sala, dentro de los veinte días hábiles siguientes, decidirá si es o no admisible el recurso. Si fuere admitido, dispondrá el traslado al recurrente o recurrentes para que dentro de este término presenten las demandas de casación. En caso contrario se procederá a la devolución del expediente al sentenciador de origen.Presentada en tiempo la demanda de casación, la Sala resolverá si se ajusta a los requisitos antes señalados. Si así lo hallare ordenará el traslado de ella a quienes no sean recurrentes, por quince días hábiles a cada uno, para que formulen sus alegatos.
Si la demanda no reúne los requisitos, o no se presentare en tiempo, se declarará desierto el recurso, y se impondrá al apoderado judicial unamulta de 5 a 10 salarios mínimos mensuales.
CAPÍTULO III
Medidas sobre conciliación extrajudicial
Artículo 50. Los egresados de las Facultades de Derecho podrán realizar judicatura ad honórem en las casas de justicia como delegados de las entidades en ellas presentes, así como en los centros de conciliación públicos. En este último caso, es necesario haber cursado y aprobado la formación enconciliación que para judicantes establezca el Ministerio del Interior y de Justicia. También podrán cumplir con el requisito de la judicatura, como asesores de los conciliadores en equidad.
La judicatura en las casas de justicia o en los centros de conciliación públicos, o como asesores de los conciliadores en equidad, tendrá una duración de siete (7) meses; quienes la realicen tendrán...
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