derecho laboral
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN CEPICEL.
Yuri Rosario Cabezas Límaco
La conciliación laboral prejudicial como medio alternativo de resolución de conflictos se
ha
venido implementando en el Perú,
lamentablemente
pocos han escrito sobre la materia y
se han incurrido en errores de información, como por ejemplo
mencionar a laconciliación inspectiva como forma activa de conciliación laboral o que
se lleva a cabo por CENCOAMITP1. La conciliación dentro del proceso de inspección
estuvo regulada por el D.Leg. 9102; sin embargo, de los informes y seguimientos que
hemos realizado, los inspectores no la aplicaron por directivas internas del Sector. Por
otro lado, aclararemos que CENCOAMITP fue creado también
por el mismodecreto
legislativo no habiendo logrado implementarse a la fecha, por falta de conciliadores
extrajudiciales acreditados en la especialidad laboral. De igual manera, mal haríamos
al hablar de estadísticas y de centros de conciliación privados que habrían llevado
adelante conciliaciones extrajudiciales laborales, toda vez que éstas no se encuentran
facultadas para realizarlas; sin embargo, esverdad que por error y en algunos casos por
desconocimiento del Reglamento de Sanciones a Conciliadores Centros de Conciliación,
capacitadores y Centros de formación y Capacitación de Conciliadores3, algunos centros
privados han llevado alguna vez un procedimiento conciliatorio laboral (incurriendo en
infracciones), pero no para hablar estadísticamente de ellos. El CEPICEL4 fue el únicocentro en el Perú, autorizado por el Ministerio de Justicia, a
llevar adelante
conciliaciones extrajudiciales laborales.
Es pertinente aclarar también que a nivel laboral a nivel país se vienen ejecutando dos
formas de conciliación laboral: la conciliación laboral judicial, y la conciliación
prejudicial, subdividiéndose ésta en tres: la conciliación administrativa,
privada y la conciliaciónExtrajudicial. (ver cuadro)
conciliación
De la Conciliación Judicial, podemos afirmar que este tipo de conciliación se lleva
intraproceso y como una etapa procesal más; pero hay que ser claros, ningún Juez aplica
técnicas de comunicación ni de negociación, resultando que en la actualidad cuando se
pregunta por este tipo de conciliación se afirma que las partes tienen o van con culturalitigiosa o a los abogados no les conviene que sus clientes concilien y que por ello tratan
de desprestigiarlo, lo real y lo cierto es que ni el 2% de los procesos judiciales concluyen
con acuerdo conciliatorio.
Hablemos ahora de la conciliación prejudicial y sus tipos, este tipo de conciliación como
su propio nombre lo explica se realiza fuera de los terrenos judiciales, tenemos que se
hadividido en tres: la conciliación administrativa, la conciliación privada y la
conciliación extrajudicial. La conciliación administrativa, que se lleva adelante desde
hace
varios años. Es el
tipo de procedimiento en el que las partes, (empleador –
trabajador) son citadas a la audiencia en atención, por lo general, a una solicitud
presentada por el ex trabajador; donde, en caso deinasistencia del empleador se le
impone una multa, por lo que muchos empleadores se ven obligados a asistir (sin ningún
ánimo conciliatorio) a fin de evitar ser multados y peor aún, en la práctica por la
sobrecarga de solicitudes, se deja muchas veces de lado, dentro del proceso
conciliatorio poco o nada se usa las técnicas de comunicación.
La otra forma de conciliación prejudicial, es la privada.En el
área individual, la
conciliación privada, se trató de implementar por el MTPE en el local donde se llevó a
cabo la investigación por el CEPICEL a la culminación del año de su funcionamiento,
lamentablemente por el terremoto que sufrió nuestro país quedó paralizado hasta la
fecha por falta de local. En cuanto a
la conciliación privada a nivel colectivo, es
realizado por el...
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