Derecho laboral
2.- LA CAPACIDAD Y PERSONALIDAD DE LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO.
2.1 EL TRABAJADOR
2.2 EL TRABAJADOR EXTRANJERO EN MÉXICO
2.3 EL TRABAJADOR DE CONFIANZA
3.- LAS COMPETENCIAS.
4.- LOS IMPEDIMENTOS Y EXCUSAS.
5.- LAS JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
5.1 LA ACTUACIÓN DE LAS JUNTAS.
6.- LOS TÉRMINOSPROCESALES EN LOS JUICIOS LABORALES.
7.- LAS NOTIFICACIONES A LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO.
8.- LOS EXHORTOS Y DESPACHOS.
9.- LOS INCIDENTES EN MATERIA LABORAL.
10.- LA ACUMULACIÓN
11.- EL PROCESO
11.1 LA CADUCIDAD DEL PROCESO.
11.2 LA CONTINUACIÓN DEL PROCESO
12.- LOS MEDIOS DE PRUEBA.
13.- LAS RESOLUCIONES LABORALES.
14.- LA REVISIÓN DE LOS ACTOS DE EJECUCIÓN.15.- LAS PROVIDENCIAS CAUTELARES.
16.- EL PROCEDIMIENTO ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACIÓN.
17.- EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO ANTE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
18.- LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.
19.- EL PROCEDIMIENTO DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE NATURALEZA ECONÓMICA.
Artículo 900.- Los conflictos colectivos de naturaleza económica, son aquéllos cuyo planteamiento tiene porobjeto la modificación o implantación de nuevas condiciones de trabajo, o bien, la suspensión o terminación de las relaciones colectivas de trabajo, salvo que la presente Ley señale otro procedimiento.
Artículo 901.- En la tramitación de los conflictos a que se refiere este Capítulo, las Juntas deberán procurar, ante todo, que las partes lleguen a un convenio. A este fin, podrán intentar laconciliación en cualquier estado del procedimiento, siempre que no se haya dictado la resolución que ponga fin al conflicto.
Artículo 902.- El ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica, pendientes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje y la de las solicitudes que se presenten, salvo que los trabajadores manifiesten por escrito,estar de acuerdo en someter el conflicto a la decisión de la Junta.
No es aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando la huelga tenga por objeto lo señalado en el artículo 450, fracción VI.
Artículo 903.- Los conflictos colectivos de naturaleza económica podrán ser planteados por los sindicatos de trabajadores titulares de los contratos colectivos de trabajo, por la mayoría de lostrabajadores de una empresa o establecimiento, siempre que se afecte el interés profesional, o por el patrón o patronos, mediante demanda por escrito, la cual deberá contener:
I. Nombre y domicilio del que promueve y los documentos que justifiquen su personalidad;
II. Exposición de los hechos y causas que dieron origen al conflicto; y
III. Las pretensiones del promovente, expresando claramente lo quese pide.
Artículo 904.- El promovente, según el caso, deberá acompañar a la demanda lo siguiente:
I. Los documentos públicos o privados que tiendan a comprobar la situación económica de la empresa
o establecimiento y la necesidad de las medidas que se solicitan;
II. La relación de los trabajadores que prestan sus servicios en la empresa o establecimiento, indicando sus nombres, apellidos,empleo que desempeñan, salario que perciban y antigüedad en el trabajo;
III. Un dictamen formulado por el perito relativo a la situación económica de la empresa o establecimiento;
IV. Las pruebas que juzgue conveniente para acreditar sus pretensiones; y
V. Las copias necesarias de la demanda y sus anexos, para correr traslado a la contraparte.
Artículo 905.- La Junta, inmediatamente después derecibir la demanda, citará a las partes a una audiencia que deberá efectuarse dentro de los cinco días siguientes.
Artículo 906.- La audiencia se desarrollará de conformidad con las normas siguientes:
I. Si el promovente no concurre a la audiencia, se le tendrá por desistido de su solicitud;
II. Si no concurre la contraparte, se le tendrá por inconforme con todo arreglo. El promovente hará una...
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