Derecho Laboral

Páginas: 6 (1323 palabras) Publicado: 28 de noviembre de 2012
N°. DE AMPARO | ANTECEDENTES CASO | CONCEPTOS DE VIOLACIÓN | EJECUTORIAS |
460/2009 ante Primer Tribunal Colegiado 9° Circuito | El 11 marzo 2008, la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección General de Seguridad Pública del Ayuntamiento de San Luis Potosí dictó una resolución en la que determinó la baja de Marco Polo Pascacio Molina, en el cargo de policía preventivo municipal.En el juiciode nulidad el Tribunal de lo Contencioso Administrativo mediante sentencia de 21 mayo 2009, determinó que la baja del actor en el cargo que ocupaba fue ilegal, pero como a la fecha de la emisión de la sentencia (la reforma al artículo 123, apartado B, fracción XIII) está vigente, es hasta este momento que nace el derecho a la restitución, propio de la sentencia definitiva en que se resuelve laanulación de un acto administrativo. | Pascacio Molina en sus conceptos de violación sostuvo que la reforma al artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución General de 18 de junio de 2008 se le aplicó retroactivamente en su perjuicio, toda vez que entró en vigor al día siguiente y la demanda de nulidad en la que exigió la restitución en el cargo fue presentada el 16 de mayo de 2008.Siendo así, es claro que la litis se fijó con anterioridad a la mencionada reforma, motivo por el cual no fue correcto que se le aplicara el Texto Constitucional reformado. | El 29 octubre 2009 se concedió el Amparo al Quejoso diciendo que debe restituirse al actor en el pleno goce de sus derechos indebidamente afectados en virtud del acto impugnado cuya nulidad se decretó, restableciendo las cosasal estado que guardaban antes de su emisión, ello de conformidad, como ya se dijo, con las disposiciones legales vigentes en la época en que se emitió la resolución impugnada. |
216/2009 ante Segundo Trib. Colegiado 9° Circuito | El 10 marzo 2008 Gelacio Martínez Bautista fue cesado como agente ‘B’ de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Tamazunchale, S.L.P. de maneraverbal.En el juicio de nulidad el Tribunal de lo Contencioso Administrativo mediante sentencia de 12 de febrero de 2009 declaró la nulidad de la resolución impugnada pero sostuvo que como al momento de resolver el juicio de nulidad ya había entrado en vigor la reforma al artículo 123, apartado B, fracción XIII, constitucional que se publicó en el Diario Oficial de la Federación de 18 junio 2008 queimpide reincorporar al policía en el cargo que ocupaba, por lo que únicamente condenó a la autoridad demandada a indemnizar al actor. | Martínez Bautista en su concepto de violación, refiere que la resolución reclamada es violatoria de garantías, porque tanto el texto de la Norma Constitucional, como la disposición federal secundaria le fueron aplicados en forma retroactiva en su perjuicio, lo quedesde su perspectiva no es posible, debido a que su demanda de nulidad la presentó antes de las citadas reformas. | Es infundado el amparo porque cuando el Tribunal declaró la ilegalidad y nulidad de la baja del demandante, éste ya no tenía dentro de su esfera jurídica el derecho a ser reinstalado en el cargo del cual fue separado, por tanto, el tribunal responsable no podía imprimir esa orden ensu resolución. En efecto, dicha reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación (18 de junio de 2008) y por lo tanto ya se encontraba vigente el 12 de febrero de 2009 cuando el tribunal responsable emitió la sentencia reclamada. |
459/2009 ante Segundo Trib. Colegiado 9° Circuito | No se reseña por ser en el mismo sentido que la del 216/2009 | Idem | Idem |
423/2009 ante TercerTrib. Colegiado 9° Circuito | El 31 de octubre de 2006 varios actores promovieron juicio de nulidad de los ceses notificados por el subdirector de la Sección Primera de Personal de la Dirección de Seguridad Pública del Estado de San Luis PotosíEl 14 de marzo de 2009 se declararon nulos los ceses pero por la reforma al artículo 123, apartado B, fracción XIII, no procedía ordenar la reinstalación de...
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