DERECHO LABORAL
Laboral y Derechos
Fundamentales en el trabajo
Lima, 28 de julio de 2004
Sistema de fuentes
Poder Legislativo: Congreso. Promulga leyes
Poder Ejecutivo: Presidente y
Ministros. Ejecuta las leyes y las
Promulga leyes por delegación
Congreso y leyes de urgencia
económica y financiera
Consejo de
reglamenta.
expresa del
en materia
Poder Judicial: Corte Suprema,Cortes
Superiores y Juzgados. Resuelve conflictos de
derecho. Anula reglamentos ilegales.
Tribunal Constitucional: Intérprete máximo de
la
Constitución.
Resuelve
conflictos
constitucionales. Anula leyes inconstitucionales.
Sistema de fuentes
NIVEL
Constitucional
Primario
Secundario
Terciario
NORMAS
Constitución
Tratado sobre derechos humanos
Tratado
Ley
Decreto legislativo
Decreto de urgenciaSentencia anulatoria del Tribunal
Constitucional
Reglamento
Sentencia anulatoria del Poder Judicial
Convenio colectivo
Reglamento interno de trabajo
Costumbre
Constitución
Consagra los siguientes derechos laborales:
Libertad de trabajo
Protección especial al niño y adolescente
Igualdad ante la ley, de trato y de
oportunidades
Sindicación, negociación colectiva y huelga
Estos derechoshan sido reconocidos por la OIT
como principios fundamentales del trabajo
Constitución
Consagra además los siguientes derechos:
Remuneración mínima
Jornada máxima de 8 horas diarias o 48 horas
semanales
Adecuada
arbitrario
protección
frente
al
despido
Participación en las utilidades de la empresa
Seguridad social universal y progresiva
Tratados internacionales
Los tratados,como los Convenios OIT y demás
tratados de derechos humanos, una vez
ratificados, son exigibles sin necesidad de un
posterior desarrollo legislativo
El Perú ha ratificado 65 Convenios OIT,
incluidos los 8 convenios fundamentales
Ha ratificado además la Declaración Universal
de Derechos Humanos, la Convención Americana
de Derechos Humanos y su Protocolo Adicional, y
el Pacto Internacional deDerechos Económicos,
Sociales y Culturales
Ley y reglamento
Las relaciones individuales de trabajo se
encuentran reguladas por el Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo 728 “Ley de
Fomento del Empleo”, y su reglamento
Las relaciones colectivas de trabajo se
encuentran reguladas por el Texto Único
Ordenado del Decreto Ley 25593, “Ley de
Relaciones Colectivas de Trabajo”, y su
reglamento
Además, hay leyes que regulan la jornada de
trabajo, los descansos semanales, en días
feriados y vacacionales, y otros beneficios
Relaciones individuales
de trabajo
Contratación laboral
A plazo indefinido
A plazo definido: sujeta a causas (nueva
actividad productiva, incremento coyuntural de
la demanda, suplencia, etc.)
Jornada completa
Jornada parcial: no se encuentra sujeta a
causaalguna, pero si es menor a cuatro horas
diarias en promedio, el trabajador no goza de
ciertos derechos laborales
Relaciones individuales
de trabajo
Causas de extinción del contrato de trabajo
Renuncia del trabajador
Fin del contrato a plazo definido
Invalidez absoluta permanente
Muerte
Jubilación
Despido individual
Cese colectivo
Relaciones individuales
de trabajo
Despido
Sejustifica por causas relacionadas con la
capacidad
o
conducta
del
trabajador
establecidas por ley
El despido arbitrario: si la causa no se prueba,
otorga
al
trabajador
derecho
a
una
indemnización
El despido nulo: si la causa es el ejercicio de la
libertad sindical, la presentación de una queja
contra
el
empleador
ante
autoridades
competentes, la discriminación o el embarazo,
otorga al trabajadorderecho a su reposición y a
las remuneraciones dejadas de percibir
Relaciones individuales
de trabajo
Cese colectivo
Se justifica por causas objetivas relacionadas
con el caso fortuito, la fuerza mayor, motivos
económicos,
tecnológicos,
estructurales
o
análogos, la disolución y liquidación de la
empresa, la quiebra, y la reestructuración
patrimonial
En los casos de caso fortuito, fuerza...
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