Derecho maritimo
• Capacidad
Conforme a lo dispuesto en al artículo 609 del Código de Comercio se requierepara ejercer el cargo de capitán:
• Ser español. Debido a las funciones públicas que desempeña y a la representación del Estado que lleva a cabo el capitán.
• Tener aptitud legal paraobligarse con arreglo al artículo 4 del Código de Comercio, esto es, ser mayor de edad y tener la libre disposición sobre sus bienes.
• Hacer constar la capacidad, pericia y condiciones necesariaspara mandar y dirigir el buque, según establezcan las leyes, ordenanzas y reglamentos de la Marina o navegación.
2) Facultades del capitán
El capitán del buque es una figura muy importante dentro de laNavegación Marítima, y en él se han concentrado un gran número de funciones de carácter técnico, comercial y público. Las funciones del capitán inciden tanto en la esfera del Derecho Privado como enla esfera del Derecho Público. Sus principales facultades las podemos clasificar en tres grupos:
a) De carácter público
En esta rúbrica se pueden encuadrar las que integran el llamado "poder demando", que se extiende a los actos necesarios para mantener el orden y la disciplina a bordo y sancionar, en su caso, las faltas cometidas, tanto en lo que se refiere a la tripulación como pasaje.
Comodelegado de la autoridad del Estado, el capitán ejerce, por otro lado, determinadas facultades relacionadas con el Registro Civil o con la actuación propia de los Notarios. Así, le corresponde...
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