derecho maritimo
Podrán registrar embarcaciones mayores en el Registro Público Marítimo Nacional:
I.- Losciudadanos mexicanos;
II.- Las personas morales mexicanas, constituidas conforme a la legislación aplicable; y
III.- Los extranjeros residentes en el país, cuando se trate de embarcaciones derecreo o deportivas.
La organización y funcionamiento del Registro Público Marítimo Nacional, así como los procedimientos, formalidades y requisitos de inscripción, se establecerán en el reglamentorespectivo.
En el Registro Público Marítimo Nacional se inscribirán los siguientes actos jurídicos de conformidad con los requisitos que determine el reglamento respectivo:
I.- Loscorrespondientes a navieros y agentes navieros mexicanos, así como los operadores, para cuya inscripción bastará acompañar sus estatutos sociales o, actas de nacimiento;
II.- Los contratos de adquisición,enajenación o cesión, así como los constitutivos de derechos reales, traslativos o extintivos de propiedad, sus modalidades, hipotecas y gravámenes sobre las embarcaciones mexicanas; mismos que deberánconstar en instrumento público otorgado ante notario o corredor público;
III.- Los contratos de arrendamiento a casco desnudo de embarcaciones mexicanas;
IV.- Los contratos de construcción deembarcaciones que se lleven a cabo en el territorio nacional o bien, de aquellas que se construyan en el extranjero y se pretendan abanderar como mexicanas;
V.- Las resoluciones judiciales yadministrativas que consten de manera auténtica; y
VI.- Cualquier otro contrato o documento relativo a embarcaciones, comercio marítimo y actividad portuaria, cuando la ley exija dicha formalidad.
Losactos y documentos que conforme a esta Ley deban registrarse y no se registren, sólo producirán efectos entre los que los otorguen; pero no producirán efectos contra terceros, los cuales podrán...
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