Derecho mercantil ii quiebra y atraso

Páginas: 11 (2528 palabras) Publicado: 2 de julio de 2010
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5. Explicar el fundamento de la Prorroga concedida en el procedimiento de atraso y la determinación del máximo de ellas.

Una vez acordada la liquidación amigable y que se haya comprobado el pago de las deudas a los acreedores, el tribunal puede acordar una prórroga del plazo fijado que no exceda de 1 año para que el comerciante se ponga al día, ello siempre y cuando sea aprobadopor la mayoría de los acreedores. Esto reza el artículo 908 de nuestro Código de Comercio; la prorroga como incidencia en el procedimiento de atraso ha generado dudas en cuanto a su fundamento y límite. En sentencia del seis de marzo de 2009 del Juzgado Cuarto De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia
sobre el procedimiento deAtraso de la sociedad mercantil Flag Instalaciones se verifica que para decidir con respecto a la prorroga establecida en el artículo 908 ejusdem el Juzgado señaló lo siguiente:

“...Con relación al artículo antes mencionado el Dr. Freddy Zambrano, en su obra titulada “Curso de Atraso y Quiebra” señala que son dos hipótesis distintas las que autorizan al juez para acordar la prórroga, asaber:
La primera es el pago de una parte considerable de las acreencias durante la liquidación, debiendo entenderse por considerable una parte importante de las deudas, vale decir, por lo menos más de la mitad de las que figuraban en el balance.
La segunda es la concurrencia de circunstancias especiales que lo aconsejen, que consisten, por ejemplo, en la oferta en firme de comprade un activo importante que permita al deudor pagar la totalidad e las deudas, o al menos los dos tercios de ellas, durante la prórroga o el aval o fianza prestado por una empresa o institución financiera que garantice el pago del saldo del pasivo existente, en fin, circunstancias razonables que hagan suponer fundadamente que la prórroga no servirá para prolongar la declaratoria de quiebra de laempresa, sino de un plazo último dentro del cual se liquidará el pasivo existente.
Igualmente señala el mencionado autor que es condición inexcusable para el juez acuerde la prórroga solicitada por el deudor, la opinión favorable de los acreedores que representen por lo menos la mitad del pasivo restante, quienes podrán dar su aprobación dando su voto de viva voz en la reunión convocadaal efecto, o mediante comunicación escrita dirigida al juez apoyando la solicitud del deudor, manifestada a través de representante o mandatario debidamente autorizado.
De no conformarse esa mayoría, el juez no podrá autorizar la prórroga, y corresponderá entonces decretar la quiebra y seguir el procedimiento de ésta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 907 del Código deComercio...”

Por lo antes citado es que se concluye que para que proceda la solicitud debe evidenciarse tales estipulaciones, este criterio ha sido reiterado en sentencias de la Sala De Casación Civil es el caso de la Sentencia del 1 de diciembre de 2003 en la causa de Industrias Paramillo C.A contra Textil Trinacria C.A (Jurisprudencias Venezolanas Ramírez & Garay, Tomo CCVI 2003 Diciembre) dondese declaro improcedentes las denuncias de infracción de los artículos 907 y 908 del Código de Comercio.
Así mismo con respecto a los números de prorrogas que podría conceder el juez para la liquidación en el procedimiento de atraso, han sido también los diversos criterios que han tratado dirimir la disyuntiva si solo es una tal como lo plasma el articulo 908. El autor Alfredo Morles Hernández ensu libro Curso de Derecho Mercantil IV tomo pagina 2661, solo menciona que debe ser una prorroga y siempre cuando se demuestre que se ha pagado una cantidad considerable de las deudas. La antigua Corte hoy TSJ, hace una series de consideraciones sobre la prorroga del plazo de liquidación y manifiesta que puede concederse mas de una prorroga (9°, sentencia 15 de Marzo de 1993, Jurisprudencias...
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