observaciones, se les tendrán por conformes con el proyecto, y elliquidador hará la respectiva adjudicación, otorgándose, en su caso,los documentos que procedan;V.- Si, durante el plazo a que serefiere la fracción III, los sociosformularen observaciones al proyecto de división, el liquidador convocará a una nueva junta, en el plazo de ocho días, para que, demutuo acuerdo, se hagan al proyectolas modificaciones a que hayalugar; y si no fuere posible obtener el acuerdo, el liquidador adjudicaráel lote o lotes respecto de los cuales hubiere inconformidad, en comúnalos respectivos socios, y lasituación jurídica resultante entre losadjudicatarios se regirá por las reglas de la copropiedad;VI.- Si la liquidación social se hiciere a virtud de la muerte de uno delos socios, la división o ventade los inmuebles se hará conforme a lasdisposiciones de esta Ley, aunque entre los herederos haya menoresde edad. Artículo 247.- En la liquidación de las sociedades anónimas y encomandita poracciones, los liquidadores procederán a la distribucióndel remanente entre los socios con sujeción a las siguientes reglas:I.- En el balance final se indicará la parte que a cada sociocorresponda en el habersocial;II.- Dicho balance se publicará por tres veces, de diez en diez días,en el Periódico Oficial de la localidad en que tenga su domicilio lasociedad.El mismo balance quedará, por igual término,así como los papeles ylibros de la sociedad, a disposición de los accionistas, quienesgozarán de un plazo de quince días a partir de la última publicación,para presentar sus reclamaciones a losliquidadores.
III.- Transcurrido dicho plazo, los liquidadores convocarán a una Asamblea General de Accionistas para que apruebe en definitiva elbalance. Esta Asamblea será presidida por uno de losliquidadores. Artículo 248.- Aprobado el balance general, los liquidadoresprocederán a hacer a los accionistas los pagos que correspondan,contra la entrega de los títulos de las acciones. Artículo 249.-...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.