Derecho notarial
1.1Antecedentes en la antigüedad del Derecho Notarial
1.1.1Imperio Romano
Las funciones notariales en su origen romano carecían de la facultad de
autenticación, al amparo del poder del imperio que se confiere al Pretor. A lo
largo de la existencia del Derecho Romano hubo una multitud de personas a
quienes de modo parcial estuvo encomendadala función notarial.
En Roma la función notarial estuvo atribuida y dispersa a multitud de oficiales
públicos y privados, pero sin que todas las atribuciones de estas personas se
reunieran en una sola.
Se conocen cuatro personas que eran los más característicos de la antigua Roma y ejercían funciones del tipo notarial, y eran el escriba, el notarri, el
tabularius y el tabellio.Es a través del Tabularius y del Tabellio como se llega a la figura del notario,
sin embargo no son estos los notarios como se conocen actualmente, ya que
faltaba la función legal de dar forma solemne a los actos formalistas del
derecho romano
1.1.2España
En España se da el nacimiento y la evolución del notariado en seis periodos.
El Primer periodo comprende desde laindependencia de Roma hasta el siglo XIII.
Se le atribuye a Casiodoro, quien era senador del rey godo Teodorico, una
distinción entre las funciones de los jueces y las de los notarios; estableció
que los jueces solamente fallaban en las contiendas, es decir, eran quienes
decidían a quién le correspondía el derecho; en tanto que los notarios tenían
por objeto prevenir dichas contiendas.
Enel año 600 surgen las 46 fórmulas visigóticas, que pertenecían al Primer
periodo. Estas fórmulas establecían cuáles eran los órganos necesarios para la
formación de instrumentos públicos: los otorgantes y los testigos presenciales,
que podían ser hasta doce. El escriba presenciaba, confirmaba y juraba en
derecho lo cual implicaba un principio de fe pública, ya que el juramento solo se otorgaba para que la afirmación fuera creída por aquellos quienes no la
escuchaban o no estaban presentes.
En el año 641 se promulgó el Fuero juzgo "Primer Código General de Nacionalidad
Española", según el cual los escribanos se dividían en escribanos del pueblo y
comunales.
En esta época solamente se permitía escribir y leer las leyes a los escribanos,
con el fin de evitarel falseamiento tanto de su promulgación como de su
contenido.
El Segundo periodo comprende desde el siglo XIII al siglo XV. En este periodo se
determinó que la función fuera pública. Es entonces cuando surgen las leyes de
don Alfonso X, El Sabio: el Fuero Real y las Siete Partidas.
El Fuero Real nace en 1255; establecía entre otras cosas la obligación de
otorgar testamentoante escribano. Se consideraba a los escribanos como
auxiliares de los intereses de los particulares; se acostumbraba que tomaran
notas de los documentos que redactaran o de aquellos en que intervenían.
Estas notas servían de respaldo en caso de que el documento original se
extraviase o no fuese lo suficientemente fehaciente, de esta manera se podía
recurrir a la nota y verificar suveracidad.
En el Código de las Siete Partidas se obligó a los escribanos a inscribir las
mencionadas notas en el libro conocido como registro en donde se hacía
remembranza de los hechos de cada año.
En este segundo periodo se afirma que los instrumentos o cartas solamente
acreditaban lo que se celebró, por lo que no son más que actas. Es decir que el
escribano solo era unmedio para garantizar una prueba del hecho de celebración
del acta y que la voluntad de los otorgantes era la que imperaba.
Posteriormente en 1348 surgió el Ordenamiento de Alcalá en Alcalá de Henares
dado por el rey don Alfonso XI, con el cual se buscaba coordinar las leyes y
conciliar los sistemas de costumbres jurídicas.
1.2 Antecedentes en México
México es un país en donde se...
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