Derecho Penal Articulos
Criminológicas
Arturo Toledo Viruega
Grupo 2
Artículos de Exclusión del Delito
Cristian Steve Vacio Hernandez
CAPÍTULO V CAUSAS DE EXCLUSIÓN DEL DELITO
Artículo 29
Artículo 29 (causas de exclusión). el delito se excluye cuando:
i. (ausencia de conducta). la actividad o la inactividad se realice sin intervención de lavoluntad del agente;
ii. (atipicidad). falte alguno de los elementos que integran la descripción legal del delito de que se trate;
iii. (consentimiento del titular). se actué con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, o del legitimado legalmente para otorgarlo, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) que se trate de un bien jurídico disponible;
b) que el titulardel bien jurídico, o quien este legitimado para consentir, tenga la capacidad jurídica para disponer libremente del bien; y
c) que el consentimiento sea expreso o tácito y no medie algún vicio del consentimiento.
Se presume que hay consentimiento, cuando el hecho se realiza en circunstancias tales que permitan suponer fundadamente que, de haberse consultado al titular del bien o a quien estelegitimado para consentir, estos hubiesen otorgado el consentimiento.
iv. (legítima defensa). Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor.
Se presume que existe legitima defensa, salvo pruebaen contrario, cuando se cause un daño a quien por cualquier medio trate de penetrar o penetre, sin derecho, al lugar en que habite de forma temporal o permanente el que se defiende, al de su familia o al de cualquier persona respecto de las que el agente tenga la obligación de defender, a sus dependencias o al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la mismaobligación. Igual presunción existirá cuando el daño se cause a un intruso al momento de sorprenderlo en alguno de los lugares antes citados en circunstancias tales que revelen la posibilidad de una agresión.
v. (estado de necesidad). se obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el sujeto, lesionandootro bien de menor o igual valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo.
vi. (cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho). la acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber jurídico o en ejercicio de un derecho, siempre que exista necesidad racional de la conducta empleada paracumplirlo o ejercerlo;
vii. (inimputabilidad y acción libre en su causa). Al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquel o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, a no ser que el sujeto hubiese provocado su trastorno mental para en ese estado cometer elhecho, en cuyo caso responderá por el resultado típico producido en tal situación.
Cuando la capacidad a que se refiere el párrafo anterior se encuentre considerablemente disminuida, se estará a lo dispuesto en el artículo 65 de este código.
viii. (error de tipo y error de prohibición). se realice la acción o la omisión bajo un error invencible, respecto de:
a) alguno de los elementos objetivos queintegran la descripción legal del delito de que se trate; o
b) la ilicitud de la conducta, ya sea porque el sujeto desconozca la existencia de la ley o el alcance de la misma o porque crea que está justificada su conducta.Si los errores a que se refieren los incisos anteriores son vencibles, se estará a lo dispuesto en el artículo 83 de este código.ix. (inexigibilidad de otra conducta). En...
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